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Ver la Versión Completa : Consultas legales y Homologaciones



proingetec
16/03/2011, 12:21
Estimados Socios y Usuarios de AreaVAG:

Somos una empresa joven y dinámica, con la aspiración de convertirnos en un referente nacional en su sector, y ya lo estamos consiguiendo. Somos una oficina de Ingeniería con un amplio abanico de vías de actuación. Una de ellas será la homologación de reformas en todo tipo de vehículos, tuning, 4x4, agrícolas, industriales, accesorios, etc.

Nos presentamos, somos Rodrigo Fernández García y Pedro Simón Serrano García y somos una Oficina Técnica de Ingeniería (proingetec) cuya sede está en La Carolina (Jaén). Somos Ingenieros Industriales y con un master de especialización técnica en competición de vehículos (METCA) en las dependencias del equipo Epsilon Euskadi. Pedro ha estado trabajando para equipos como ingeniero de pista controlando todos los parámetros del coche en la pista, del set-up, del piloto, de la "telemetría", etc. y si no pasa nada esperamos poder seguir trabajando en lo que nos apasiona, el mundo del motor.

Nos avala nuestra experiencia en el sector automovilístico de competición. Con una formación exclusiva y especializada, y una práctica desarrollada en el ámbito técnico en multitud de circuitos. Valores propios del motorsport como competitividad, calidad y eficacia están arraigados en nuestro proceder. Nuestra línea de trabajo esta encauzada en la seriedad, profesionalidad y compromiso con el cliente, que consideramos básico para prestar nuestro servicio. Nuestra preocupación por la calidad y la satisfacción de nuestro trabajo es nuestra máxima aspiración.

Por nuestra parte, estaremos encantados de participar en el foro de un modo más o menos habitual, intentando aclarar dudas y consultas relativas a normas, leyes y homologaciones. Dichas respuestas las haremos de un modo totalmente gratuito y sin compromiso. Por nuestra parte daremos información y asesoramiento totalmente profesional y de calidad. Os animo a plantear vuestras dudas en el foro, bien sea aquí o en algún apartado nuevo. Además de todo eso, por nuestra parte os ofreceremos nuestro mejor servicio y unos precios sin competencia. Y por ser usuarios y socios os daremos un trato especial y ventajas como pone en nuestra presentación.

Os animamos a plantear todas las dudas que tengáis, nosotros estaremos encantados de resolverlas del mejor modo posible. Un saludo

DLLRacing
23/03/2011, 22:47
A mi me gustaria saber si es posible llegar a homologar unos amortiguadores roscados que solo tienen homologacion TUV,en este caso los Bilstein Pss para Golf V 2.0 tdi.Y que habria que hacer.

Denis
23/03/2011, 22:59
Hola.primero dar las gracias de antemano a esta iniciativa.y ahora la pregunta:
Lleve el coche a homologar unos amortiguadores kw y pase ya la itv.después de tener que cubrir unos cuántos papeles que me dieron en la itv(homologación,certificado de montaje y demás)ahora me dicen que el certificado de taller tiene que indicar que la reforma se realiza conforme a Lo indicado en el RIG 01/07.y no se ni Lo que es...me llevan marcado un rato...además el certificado no vale el del taller Sino que tiene que ser uno que te dan alli para que Lo cubra el del taller...haber sí me podéis ayudar.!

proingetec
24/03/2011, 08:27
[Only registered and activated users can see links]

Denis: lo único que necesitas es rellenar el certificado de taller en el modelo "oficial". También te lo puedes descargar igualmente en nuestra sección de descargas, poner lo que te han comentado en el apartado de observaciones, más todos los datos, que te lo firme y te lo selle el taller y listo.

Saludos

andress
24/03/2011, 11:59
yo quisiera saber,a cuanto podria ascender la homologacion,y si es posible de un swap,en mi caso montar un motor diesel en un coche gasolina.
los dos con la misma potencia!
un saludo

proingetec
24/03/2011, 12:29
Hola andress.
Hoy por hoy el tema de los motores no está claro por parte de los laboratorios. Los laboratorios por ahora no hacen cambios de motor, a menos que se cumplan unas premisas muy concretas y en las que la mayoría de cambios no cumplen. Esto no quiere decir que no se pueda en un futuro homologar pero por ahora esta así el tema.
Mándanos todos los datos que tengas del motor de serie y del nuevo motor así como ficha técnica de ambos coches.
Lo que anteriormente se pedía como condición mínima para homologar el cambio de motor es que el nuevo motor fuera de una fecha posterior al que traía de serie el coche, bueno y una serie de modificaciones en el vehículo cuando se superaba cierta potencia, asi que si no se cumple esto ya vamos muy mal.

Las revisaremos y te diremnos algo.

Saludos

DLLRacing
24/03/2011, 22:32
Gracias por contestar tan rapido.En cuanto me llegue la suspension os llamare,ademas tal vez ponga mas cosas.Un saludo

rangel
25/03/2011, 08:41
Hola Poingetec, se nos está planteando una duda a algunos foreros en relación con la homologación de unas DRL. Concretamente estas: [Only registered and activated users can see links]

La duda es: Que nos hace falta para homologarlas en nuestros coches?

Gracias de antemano por tu atención.
Saludos

proingetec
25/03/2011, 09:29
De las luces decirte, que no sólo tienen que estar debidamente homologadas según el reglamento 87 (eso pone al menos en la web y con algún tipo de contraseña CE o E grabada en la propia carcasa o plástico), sino también tiene que estar homologada su instalación, y para eso te adjunto un extracto de la normativa que deben cumplir en cuando a medidas en posición y cuando apagarse y encenderse:

LUZ DE CIRCULACIÓN DIURNA

6.19.1. Presencia (1)
Obligatoria en los vehículos de motor. Prohibida en los remolques.
6.19.2. Número
Dos.
6.19.3. Disposición
Ningún requisito particular.
6.19.4. Posición
6.19.4.1. En anchura: el punto de la superficie aparente en la dirección del eje de referencia más alejado del plano longitudinal medio del vehículo no deberá hallarse a más de 400 mm del extremo de la anchura máxima del vehículo.
Los bordes interiores de las superficies aparentes en la dirección del eje de referencia distarán entre sí 600 mm como mínimo.
Esta distancia podrá reducirse a 400 mm si la anchura máxima del vehículo es inferior a
1 300 mm.
6.19.4.2. En altura: por encima del suelo, a no menos de 250 mm y no más de 1 500 mm.
6.19.4.3. En longitud: en la parte delantera del vehículo. Se considerará que se ha cumplido este requisito
si la luz emitida no molesta al conductor ni directa ni indirectamente a través de los retrovisores
o de otras superficies reflectantes del vehículo.
6.19.5. Visibilidad geométrica
Horizontal: 20° hacia el exterior y 20° hacia el interior.
Vertical: 10° hacia arriba y 10° hacia abajo.
6.19.6. Orientación
Hacia delante.
6.19.7. Conexiones eléctricas
Las luces de circulación diurna se ENCENDERÁN automáticamente cuando el dispositivo que
pone en marcha o detiene el motor esté en una posición que permita el funcionamiento de este
último.
La luz de circulación diurna se APAGARÁ automáticamente cuando se enciendan las luces o faros antiniebla delanteros, excepto cuando éstos se utilicen para emitir ráfagas de advertencia.
Por otra parte, las luces a que se refiere el apartado 5.11. no se encenderán cuando las luces de circulación diurnas estén ENCENDIDAS.
6.19.8. Testigo
Testigo de circuito cerrado optativo.
6.19.9. Otros requisitos
Nada.

(1) No obstante, se faculta a las Partes Contratantes a la prohibición de la luz de circulación diurna en virtud de las normas nacionales (no es el caso de España).


Si se cumple que están homologadas parcialmente por "fabricacion" (con contraseña grabada) y funcionan como os he explicado, se puede legalizar su instalación sin problemas. Actualmente hay 2 modos, uno, usando la disposición transitoria 5ª legalizándolas en la propia ITV mediante diligencia administrativa porque antes no eran reforma y ahora sí (también lo hacen si quieren en las ITVs). La otra opción es a través de un certificado de conformidad del fabricante del vehículo o de un laboratorio autorizado. Si queréis, nosotros os podemos ayudar a tramitar el informe de conformidad en caso que no quieran hacerlo por diligencia administrativa o si tenéis alguna otra reforma más. saludos

rangel
25/03/2011, 09:59
Es decir, que con la homologación del fabricante y con el certificado del taller, puedo homologarlo ne la ITV?

Muchas gracias por la respuesta

OTdiS
25/03/2011, 12:04
De las luces decirte, que no sólo tienen que estar debidamente homologadas según el reglamento 87 (eso pone al menos en la web y con algún tipo de contraseña CE o E grabada en la propia carcasa o plástico), sino también tiene que estar homologada su instalación, y para eso te adjunto un extracto de la normativa que deben cumplir en cuando a medidas en posición y cuando apagarse y encenderse:

[...]

La otra opción es a través de un certificado de conformidad del fabricante del vehículo o de un laboratorio autorizado. Si queréis, nosotros os podemos ayudar a tramitar el informe de conformidad en caso que no quieran hacerlo por diligencia administrativa o si tenéis alguna otra reforma más. saludos
Me queda una duda respecto a la instalación. Dicha instalación tiene que ser realizada por un taller autorizado que certifique el montaje o debido a que muchos de estos kits son de "fácil instalación" la podemos realizar nosotros y luego legalizarla en la ITV con el informe de conformidad que comentas?

proingetec
25/03/2011, 13:02
El problema es que para cualquier homologación necesitas un certificado de montaje de taller.
Montarlo lo puedes montar tu mismo pero necesitas que te firme un taller, sino no se podrá homologar la reforma realizada.

Saludos.

laperlanegra
31/03/2011, 11:33
hola buenas me llamo javi,tengo un passat 3bg 1.9 130cv del 2004.me gustaria homologar unos amortiguadores selex q tengo puestos y quiero ponerle los muelles,q por ahorrarme dinerito ahora otra vez me cobraran.que tengo que hacer?un saludo y gracias por ayudar

proingetec
31/03/2011, 12:33
[Only registered and activated users can see links]

Te mando un privado con el precio oK

Saludos.

ivanchico
01/04/2011, 14:22
hola,yo tanbien tengo un problemilla, aber si me hechais un cable el año pasado me detectaron en la itv que tenia discos traseros y me dijeron que para este año tenia que homologarlos, tengo entendido que se puede hacer pero mi pregunta es cuanto cuesta es un cordoba tdi 90 del 98 gracias un saludo

proingetec
04/04/2011, 10:45
Buenas ivanchico

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Walker
13/04/2011, 13:09
Hola buenas, tenia un pregunta en mente, expongo el caso:

Un vehiculo ha homologado un kit de xenon en faros de reflexion, con unos lavafaros que en realidad son unos eyectores de parabrisas tuning asi cromados y que cuando enciende las luces hacen el barrido, si bien el funcionamiento final no esta comprobado. Hay posibilidades de tal cosa? Recordemos que los faros son originalmente halogenos con bombilla H7 y que a la legua se nota que es un kit de xenon por su peculiar deslumbramiento. Lo he visto en la propia ficha tecnica pero no me termina de "encajar".

Un saludo y gracias.

proingetec
13/04/2011, 13:24
Como homologarse he visto de todo pero eso si a nivel de ITV.

El caso es que para montar xenon a parte de necesitar un sistema lavafaros y regulación en altura es necesario que el faro esté homologado para xenon.
Si pedimos el informe de laboratorio que un documento necesario para homologar los faros (siempre y cuando no se demuestre que están montados con anterioridad al nuevo reglamento y nos podamos acoger a la disposición transitoria 5ª en la que la ITV los legaliza vía administrativa), tenemos que dar datos y contraseña de homologación del faro y justificar que lleva estos sistemas que te comento anteriormente, en principio podríamos "engañarlos" a ellos pero luego en la ITV comprobarán que ese foco es el mismo que aparece en el informe y si ni es el mismo no pasarás la ITV.

El caso que comentas será como te digo se ha basado en la disposición 5ª y a coseguido engañar al técnico que lo revisa, él seguro a visto lo del lavafaros o ese sitema que lleva y ha considerado suficiente pero esto no es legal y no siempre sale ya que todos los técnicos no son lo mismo.
Lo mejor es que te olvides de esta idea y si montas unos xenon que estén homologados como tal y que se cumpla lo dicho.

PD: los kits de transformación ni se pueden montar ni son legales.

Saludos

Walker
13/04/2011, 13:49
Como homologarse he visto de todo pero eso si a nivel de ITV.

El caso es que para montar xenon a parte de necesitar un sistema labafaros y regulación en altura es necesario que el faro esté homologado para xenon.
Si pedimos el informe de laboratorio que un documento necesario para homologar los faros (siempre y cuando no se demuestre que están montados con anterioridad al nuevo reglamento y nos podamos acoger a la disponsición transitoria 5ª en la que la ITV los legaliza via administrativa), tenemos que dar datos y contraseña de homologación del faro y justificar que lleva estos sistemas que te comento anteriormente, en principio podríamos engañarlos a ellos peo luego en la ITV comprobarán que ese foco es el mismo que apoarece en el informe y si ni es el mismo no pasarás la ITV.

El caso que comentas será como te digo se ha basado en la disposición 5ª y a coseguido engañar al t´cnico que lo revisa, él seguro a visto lo del labafaros o ese sitema que lleva y ha considerado suficiente pero esto no es legal y no siempre sale ya que todos los técnicos no son lo mismo.
Lo mejor es que te olvides de esta idea y si montas unos xenon que estén homologados como tal y que se cumpla lo dicho.

PD: los kits de transformación ni se pueden montar ni son legales.

Saludos

Muchas gracias! Yo instale xenon original pero era porque lo he visto y no me cuadra mucho.

Un saludo

proingetec
19/04/2011, 09:03
Ya hemos puesto en nuestra página web la 1ª corrección del manual de reformas [Only registered and activated users can see links]

jdaguilar
26/04/2011, 12:16
Buenas, querría saber su opinión sobre la homologación de un cambio de volante ya que he enviado e-mails a varias estaciones de itv y las respuestas han sido bastante diversas.

El cambio se trata de un volante y airbag orig¡nales de Seat Toledo 1M por un volante multifunción y airbag originales de VW Golf 1J.

Todo ello suponiendo que quiero hacerlo en este periodo de moratoria de la ley del 14 de enero de 2011, o sea basándome en la anterior ley de reformas.

proingetec
26/04/2011, 12:47
Hola compañero, pues la respuesta es contundente es necesario homologar puesto que el cambio de volante está considerado como una reforma.
Te puede pasar que si vas a la ITV se darán cuenta y no te den la aceptación y te hechen para atrás.
Pero como te digo por ley hay que homologar, ya que es reforma.

Saludos.

jdaguilar
26/04/2011, 13:51
Lo que me refiero es a si era reforma o no antes de la ley de 14 de enero, en la nueva sí que es reforma pero en la anterior no lo tengo claro.

De eso depende (en caso que no fuera reforma de importancia según la ley anterior) si me puedo acoger legalmente a la moratoria de seis meses.

En una ITV me han respondido que si el volante lleva airbag no es posible su cambio, dato que no encuentro por ningún lado tengo entendido que si tiene airbag el nuevo volante lo debe llevar también pero no que no esté permitido un cambio.

proingetec
26/04/2011, 18:25
Con la ley anterior sí era reforma....está tipificado el cambio de volante...solo que antes había una tolerancia para diferencias de diámetros inferior al 10% que no lo consideraban reforma, y ahora ya no existe tal tolerancia, al igual que los 30mm de tolerancia de variación del ancho de vías, que ahora ya no existe, pero que no existan dichas tolerancias no quiere decir que antes no eran reforma. Sí era reforma y lo sigue siendo, por lo que no te puedes acoger a la moratoria.

Por lo que dicen en la ITV del airbag, si el volante original llevaba airbag, el nuevo ha de llevarlo instalado y totalmente operativo y se puede hacer dicho cambio sin problemas. También te digo que cada ITV es un mundo y cada técnico es el jefe de dicho mundo, y muchas veces su criterio prevalece sobre cualquier norma, que nosotros ya nos hemos encontrado con todo tipo de casos. La ley dice que puedes hacer el cambio si el nuevo volante lleva instalado y operativo el airbag sin problemas, y nosotros ya hemos tramitado bastantes con la nueva ley.

Saludos

A.V.G
26/04/2011, 21:03
Yo tengo una pregunta respecto al cambio de volante: y si el volante que cambias (ejemplo volante golf v normal) y el que pones (Golf v GTI) son iguales en todo, llevan el mismo airbag, mismas dimensiones y conexiones y solo cambia el tapizado, que en uno es de cuero liso y el otro tiene la zona central donde se coje el volante con cuero perforado, tambien es necesaria la homologación, porque solo cambia el aspecto del volante, las medidas y demás se mantienen intactos.

Saludos desde León y gracias por tu tiempo en aclarar nuestas dudas.

jdaguilar
26/04/2011, 22:51
Con la ley anterior sí era reforma....está tipificado el cambio de volante...solo que antes había una tolerancia para diferencias de diámetros inferior al 10% que no lo consideraban reforma, y ahora ya no existe tal tolerancia, al igual que los 30mm de tolerancia de variación del ancho de vías, que ahora ya no existe, pero que no existan dichas tolerancias no quiere decir que antes no eran reforma. Sí era reforma y lo sigue siendo, por lo que no te puedes acoger a la moratoria.

Por lo que dicen en la ITV del airbag, si el volante original llevaba airbag, el nuevo ha de llevarlo instalado y totalmente operativo y se puede hacer dicho cambio sin problemas. También te digo que cada ITV es un mundo y cada técnico es el jefe de dicho mundo, y muchas veces su criterio prevalece sobre cualquier norma, que nosotros ya nos hemos encontrado con todo tipo de casos. La ley dice que puedes hacer el cambio si el nuevo volante lleva instalado y operativo el airbag sin problemas, y nosotros ya hemos tramitado bastantes con la nueva ley.

Saludos

Perdona que sea tan pesado pero no lo entiendo: es reforma pero si la diferencia de diámetro es inferior al 10% no se considera reforma; entonces será reforma si la diferencia de diámetro supera el 10% y no lo contrario.

Según un correo de una ITV el RD 866/2010 recoge las nuevas reformas y el RD 736/88 y la Orden CTE 3191/2002 las antiguas

Lo único que he visto sobre mi tema es la reforma nº30 del RD 736/88: "Sustitución del volante original por otro de menores dimensiones, cuando la diferencia entre los diámetros exteriores de ambos sea mayor del 10% y hasta el 15% del diámetro del primero." en la siguiente Orden CTE 3191/2002 no aparece mención ninguna lo único: "Requisitos adicionales: Sin requisitos adicionales", más o menos lo interpreto que sigue tal cual estaba en el RD 736/88.

Reitero que creo que si no me encuentro dentro del caso de cambio de volante cumpliendo las condiciones anteriormente citadas no tendría porqué considerarse reforma y podría acogerme a la moratoria de la nueva ley.

Si no es así indiqueme por favor qué criterios se cumplen o incumplen para considerarse reforma, no es que esté en desacuerdo ni quiera entamblar un debate es que quiero ir debidamente informado antes de dar ningún paso.

proingetec
27/04/2011, 07:47
Hay una cosa en la que te equivocas amigo....el RD 736/88 y la Orden CTE 3191/2002 están derogadas, es decir, ya no están vigentes ni son la referencia ni las puedes mirar porque no sirve de nada. Ahora lo válido es el RD 866/2010, en donde ahí se recogen TODAS las reformas y el nuevo manual de reformas con la corrección 1ª ( [Only registered and activated users can see links] te lo puedes descargar), en cuyo caso afectaría la reforma nº 6.3 .- Sustitución de un volante por otro. Antes el cambio de volante era reforma, con unas condiciones, y ahora el cambio de volante lo sigue siendo, con otras condiciones, y por lo tanto no entra en juego la disposición transitoria 5ª. Tu cambio de volante es reforma, y por tanto lo debes legalizar. Distinto es que vayas a la ITV, y ellos te dirán una cosa u otra, porque cada cual tiene su propio criterio, nosotros hemos visto ITVs que no quieren meter nada por diligencia administrativa si no tiene contraseña CE (cosa que se sacan de la manga) hasta meter un 4x4 completo y extremo en el que era obligatorio proyecto técnico y certificado de conformidad, y lo metieron por "diligencia administrativa" por 3€, ¿es eso lógico? NO ¿es eso lo que dice la ley? NO


A.V.G.: pues la respuesta te la estás dando tú mismo casi....¿hay que homologar el cambio? Sí porque es reforma, ahora bien ¿se van a dar cuenta? Probablemente no....ni la ITV ni los guardias....ahora la decisión es tuya. Teóricamente y con la ley en la mano, habría que homologar...ahora bien y sinceramente...a mi en ese tipo de casos me sabe hasta mal hacerlo...hay veces que la cosa es demasiado estricta.

Saludos

A.V.G
27/04/2011, 13:27
Hay una cosa en la que te equivocas amigo....el RD 736/88 y la Orden CTE 3191/2002 están derogadas, es decir, ya no están vigentes ni son la referencia ni las puedes mirar porque no sirve de nada. Ahora lo válido es el RD 866/2010, en donde ahí se recogen TODAS las reformas y el nuevo manual de reformas con la corrección 1ª ( [Only registered and activated users can see links] te lo puedes descargar), en cuyo caso afectaría la reforma nº 6.3 .- Sustitución de un volante por otro. Antes el cambio de volante era reforma, con unas condiciones, y ahora el cambio de volante lo sigue siendo, con otras condiciones, y por lo tanto no entra en juego la disposición transitoria 5ª. Tu cambio de volante es reforma, y por tanto lo debes legalizar. Distinto es que vayas a la ITV, y ellos te dirán una cosa u otra, porque cada cual tiene su propio criterio, nosotros hemos visto ITVs que no quieren meter nada por diligencia administrativa si no tiene contraseña CE (cosa que se sacan de la manga) hasta meter un 4x4 completo y extremo en el que era obligatorio proyecto técnico y certificado de conformidad, y lo metieron por "diligencia administrativa" por 3€, ¿es eso lógico? NO ¿es eso lo que dice la ley? NO


A.V.G.: pues la respuesta te la estás dando tú mismo casi....¿hay que homologar el cambio? Sí porque es reforma, ahora bien ¿se van a dar cuenta? Probablemente no....ni la ITV ni los guardias....ahora la decisión es tuya. Teóricamente y con la ley en la mano, habría que homologar...ahora bien y sinceramente...a mi en ese tipo de casos me sabe hasta mal hacerlo...hay veces que la cosa es demasiado estricta.

Saludos

Vale muchas gracias por tu respuesta, la intentaremos pasar a ver.

Saludos desde León y gracias por tu tiempo.

jdaguilar
27/04/2011, 16:43
Hay una cosa en la que te equivocas amigo....el RD 736/88 y la Orden CTE 3191/2002 están derogadas, es decir, ya no están vigentes ni son la referencia ni las puedes mirar porque no sirve de nada. Ahora lo válido es el RD 866/2010, en donde ahí se recogen TODAS las reformas y el nuevo manual de reformas con la corrección 1ª ( [Only registered and activated users can see links] te lo puedes descargar), en cuyo caso afectaría la reforma nº 6.3 .- Sustitución de un volante por otro. Antes el cambio de volante era reforma, con unas condiciones, y ahora el cambio de volante lo sigue siendo, con otras condiciones, y por lo tanto no entra en juego la disposición transitoria 5ª. Tu cambio de volante es reforma, y por tanto lo debes legalizar. Distinto es que vayas a la ITV, y ellos te dirán una cosa u otra, porque cada cual tiene su propio criterio, nosotros hemos visto ITVs que no quieren meter nada por diligencia administrativa si no tiene contraseña CE (cosa que se sacan de la manga) hasta meter un 4x4 completo y extremo en el que era obligatorio proyecto técnico y certificado de conformidad, y lo metieron por "diligencia administrativa" por 3€, ¿es eso lógico? NO ¿es eso lo que dice la ley? NO

Saludos

Ahora más o menos lo acabo de entender, con el nuevo manual de reformas en cada tipo de reforma han puesto las que están acogidas al periodo de moratoria y las que no, pero a mi parecer han metido en un mismo saco cualquier cambio de volante independientemente si era o no reforma con la ley anterior (y es a lo que se tiene que referir para incluirlo o no en el periodo de moratoria), tú mismo lo referiste sobre la diferencia de diámetros y está escrito en las leyes anteriores.

De ahí que tengas razón y que a mí no me entrara en la cabeza aunque creo que se podría reclamar porque están considerando con carácter retroactivo como reforma las exclusiones de una reforma.

Te he enviado un privado, gracias y perdona las molestias.

XYLEN2
12/05/2011, 08:35
Ahora más o menos lo acabo de entender, con el nuevo manual de reformas en cada tipo de reforma han puesto las que están acogidas al periodo de moratoria y las que no, pero a mi parecer han metido en un mismo saco cualquier cambio de volante independientemente si era o no reforma con la ley anterior (y es a lo que se tiene que referir para incluirlo o no en el periodo de moratoria), tú mismo lo referiste sobre la diferencia de diámetros y está escrito en las leyes anteriores.

De ahí que tengas razón y que a mí no me entrara en la cabeza aunque creo que se podría reclamar porque están considerando con carácter retroactivo como reforma las exclusiones de una reforma.

Te he enviado un privado, gracias y perdona las molestias.

Te comento una forma de pasar la ITV con el nuevo volante (solo hasta Julio).
El volante por lo menos en la estación de ITV de Palencia (es muy chunga) me lo han metido como diligencia administrativa, si te pasas por mi galeria veras la ficha técnica del coche, y en la parte de abajo aparece lo de la diligencia. (mi volante es el del scirocco.)

Un saludo

proingetec
12/05/2011, 09:58
Pues un cambio de volante con airbag por otro volante con airbag, ahora mismo los laboratorios se niegan completamente a autorizarlos, por lo que lo único que cabe es que en la ITV quieran hacerlo por diligencia administrativa, porque el laboratorio ya no es que lo hagan probando el vehículo, simplemente no lo autorizan porque no quieren acarrear con posibles responsabilidades de que esté mal montado, no funcione correctamente, etc. Es una información que nos dieron ayer, después de "bloquearnos" varios coches completos por eso...así que ya sabéis, volante con airbag = diligencia administrativa hasta julio, y a partir de julio...problema....

pas-pas
13/05/2011, 07:13
así que ya sabéis, volante con airbag = diligencia administrativa hasta julio, y a partir de julio...problema....
¿Podrías ampliar información al respecto del procedimiento que conlleva la diligencia administrativa? Me refiero a ¿donde se inicia el procedimiento? ¿En la ITV? ¿hay que rellenar algun documento antes de ir a la ITV o se rellena allí mismo?

La diligencia administrativa es hasta 30 de junio. A partir de 1 de julio se jodió el invento ¿no?

XYLEN2
13/05/2011, 08:45
¿Podrías ampliar información al respecto del procedimiento que conlleva la diligencia administrativa? Me refiero a ¿donde se inicia el procedimiento? ¿En la ITV? ¿hay que rellenar algun documento antes de ir a la ITV o se rellena allí mismo?

La diligencia administrativa es hasta 30 de junio. A partir de 1 de julio se jodió el invento ¿no?

PAS-PAS a esto te puedo responder yo;
El procedimiento se inicia en la ITV, te entregan un papel que es una declaración jurada de que has montado esos dispositivos/ modificaciones antes del 14 de enero de 2011, y SOLO hay que rellenarlo, no te piden ni certificados de montaje ni nada, no obstante si aportas esa documentación no estará de más.

Yo vía administrativa he metido en ficha: Volante de scirocco, Relojes en el montante, Faros dayline e intermitentes laterales.

Un Saludo

rangel
13/05/2011, 09:33
Proingetec, una pregunta: Después del 1 de Julio, podré meter las luces en la ficha tecnica o no?

Gracias

pas-pas
13/05/2011, 10:08
PAS-PAS a esto te puedo responder yo;
El procedimiento se inicia en la ITV, te entregan un papel que es una declaración jurada de que has montado esos dispositivos/ modificaciones antes del 14 de enero de 2011,
Gracias Xylen2

¿Les puedo pasar el link de mi perfil de AreaVAG? jaja. No sólo tengo un volante de Scirocco cambiado antes de 1 de enero de 2011 sino que he puesto dos :lol:

Pues nada, habrá que pasarse por una ITV para que me cuenten. Supongo que la inclusión por vía administrativa conlleva coste. Pero ¿que coste? ¿el de una ITV normal? ¿sólo el coste del procedimiento de nueva ficha técnica?

proingetec
13/05/2011, 10:27
Buenas, lo mejor de todo es que para ese tipo de consultas, llaméis a la ITV y preguntéis, qué es necesario, qué piden, qué meten en ficha y qué no, etc. La vigencia del período que tiene validez la diligencia administrativa es hasta el 14 de Julio (o hasta la fecha de la primera revisión en caso de no haber pasado ninguna el vehículo), y después de esa fecha, se podrán seguir metiendo cosas en ficha, lo único que necesitarían certificado de conformidad del fabricante o del laboratorio como una reforma normal y corriente el caso de las luces. Saludos

Walker
13/05/2011, 10:37
Buenas, lo mejor de todo es que para ese tipo de consultas, llaméis a la ITV y preguntéis, qué es necesario, qué piden, qué meten en ficha y qué no, etc. La vigencia del período que tiene validez la diligencia administrativa es hasta el 14 de Julio (o hasta la fecha de la primera revisión en caso de no haber pasado ninguna el vehículo), y después de esa fecha, se podrán seguir metiendo cosas en ficha, lo único que necesitarían certificado de conformidad del fabricante o del laboratorio como una reforma normal y corriente el caso de las luces. Saludos

Buenas, crees que el montaje de los faros de xenon, todo original con regulacion altura y lavafaros deberia incluirse en ficha como diligencia? Es que ya me estoy mosqueando segun voy leyendo.

Un saludo y gracias

guti3
13/05/2011, 10:54
De las luces decirte, que no sólo tienen que estar debidamente homologadas según el reglamento 87 (eso pone al menos en la web y con algún tipo de contraseña CE o E grabada en la propia carcasa o plástico), sino también tiene que estar homologada su instalación, y para eso te adjunto un extracto de la normativa que deben cumplir en cuando a medidas en posición y cuando apagarse y encenderse:

Yo tengo una duda sobre la contraseña, porque por mas que he buscado no encuentro el grabado que deben de llevar.

He visto que venden 2 modelos de luces, en uno pone en la caja "luz de posición" y tienen el grabado CE 02 A (que es el de luz de posición, si mal no recuerdo), y en la otra pone "luz diurna" y viene con el marcado CE 0001 (aunque en las tiendas me venden las 2 para diurna), me he fijado y esta última es la que he visto en algunas luces diurnas de serie.

Lo que me da a entender que el CE 0001 es el marcado válido para las luces
diurnas.

¿Sabeis algo al respecto?.

Porque como pasa siempre que luego se acuerdan, al tiempo, de decir que tienen que llevar un marcado y hay que tirar las luces que pusiste. Que es lo que pasó cuando salió la 3ª luz de freno, que las que no llevasen S3 no valían.

XYLEN2
13/05/2011, 11:13
Gracias Xylen2

¿Les puedo pasar el link de mi perfil de AreaVAG? jaja. No sólo tengo un volante de Scirocco cambiado antes de 1 de enero de 2011 sino que he puesto dos :lol:

Pues nada, habrá que pasarse por una ITV para que me cuenten. Supongo que la inclusión por vía administrativa conlleva coste. Pero ¿que coste? ¿el de una ITV normal? ¿sólo el coste del procedimiento de nueva ficha técnica?

Te cuesta lo de la ITV y la diligencia si no recuerdo mal son unos 8€, por lo menos en Palencia.

Un Saludo

pas-pas
13/05/2011, 11:24
Te cuesta lo de la ITV y la diligencia si no recuerdo mal son unos 8€, por lo menos en Palencia.
Vamos, que lo de la diligencia es el coste de que te hagan una ficha nueva. En Madrid, meter la suspensión en ficha fueron 15€. En fin, habrá que llamar a la ITV

proingetec
13/05/2011, 11:37
guti3. Busca por donde accedes al cambio de luminarias por detras del foco a ver si por la carcasa aparece, en ocasiones cuando no aparecen el el cristal esta impresa en la carcasa, claro si la tiene( ejm. E 1 12....) SI no se encuentra esto no se puede homologar.


walker. Para legalizar vía administrastiva es necesario que el elemento cambiado, no se considerara reforma antes del nuevo reglamento (14 enero 2011) y a partir de esta fecha con el nuevo reglamento si se considere. Amigo antes los focos si eran reforma y ahora también pero claro las ITV pueden hacer lo que quieran si consigues que te lo metan mejor sino tendrás que consiguir un certificado de laboratorio( te lo podemos dar nosotros ) y un certificado de montaje de taller y presentando esto ellos te lo meterán en la ficha.

Walker
13/05/2011, 12:12
guti3. Busca por donde accedes al cambio de luminarias por detras del foco a ver si por la carcasa aparece, en ocasiones cuando no aparecen el el cristal esta impresa en la carcasa, claro si la tiene( ejm. E 1 12....) SI no se encuentra esto no se puede homologar.


walker. Para legalizar vía administrastiva es necesario que el elemento cambiado, no se considerara reforma antes del nuevo reglamento (14 enero 2011) y a partir de esta fecha con el nuevo reglamento si se considere. Amigo antes los focos si eran reforma y ahora también pero claro las ITV pueden hacer lo que quieran si consigues que te lo metan mejor sino tendrás que consiguir un certificado de laboratorio( te lo podemos dar nosotros ) y un certificado de montaje de taller y presentando esto ellos te lo meterán en la ficha.

Pero a lo que yo voy, ellos tienen alguna manera de saber si un coche tenia antes xenon? Es que tal cual lo ves es como de serie, entonces no lo veo claro.

Un saludo

moizec
15/06/2011, 10:36
hola!!!
a mi me gustaria saber si se podria homologar un aleron deun mazda 3 igual que el original de poliuterano rigido (pesa bastante), y unas taloneras parecidas alas originales tambien para mazda3, de fibra de vidrio (son muy finas y no pesan nada). y por cuanto me podria salir mas o menos para orientarme.
saludos

proingetec
15/06/2011, 11:01
En principio pueden darse cuenta o no...y saber si llevas xenon original o como opcional sí porque en la ficha de homologación del fabricante que está declarado en Industria, y en la ITV tienen acceso si quieren verlo. Otra cosa es que no se molesten en mirarlo o hagan la vista gorda...

Respecto al tema del alerón y las taloneras, en principio sí se pueden homologar sin mayores problemas, es relativamente rápido, sencillo y económico. Te mando privado con el precio y el proceso. Un saludo.

variant
15/06/2011, 19:10
Proingete, te mando un privado para unas cosillas ;)

Walker
07/07/2011, 20:35
Buenas mi duda es en relacion con la contraseña de homolgacion. Exactamente que siginifica? Es que el otro dia fui a la ITV con un certificado de conformidad de los faros para ver si me los metian en ficha y a ver que me contaban y el tio me dijo que la contraseña de homolgacion de mi coche no podria ser la misma que viene en el certificado (viene la misma para el coche y luego para los faros en si y las normativas a las que afecta) y luego me hizo la pregunta de que si mi coche traia como opcion los xenon cuando miraba en el ordenador los datos de la contraseña de homologacion. Cuando lo abrio, lo unico que pude ver es que ponia que tenia 2 lues de cruce, 2 de carretera y cosas asi, pero no decia nada de halogenas, xenon ni nada.

Tras esto, la contraseña de homologacion se refiere al equipamiento homologado en el vehiculo y que teoricamente iria montado? Es ahi donde se ve el equipamiento de serie? Es posible que el coche contemple el xenon aun no estando montado? Algo asi como los BMWs que aunque no lleven techo solar lo traen en la ficha reflejado.

Un saludo y gracias por adelantado.

rangel
04/08/2011, 08:13
Una consultilla, abusando de ti otra vez ;), resulta que he comprado un quad LTZ400 matriculado como VE. Es posible matricularlo como cuatriciclo? No se si esto lo podéis saber,pero es que no encuentro nada por ningun lado

Gracias de antemano

proingetec
04/08/2011, 10:06
walker: perdona la tardanza en contestar, se nos había pasado el post la verdad. La contraseña de homologación hace referencia a todo lo que el fabricante homologa ante industria cuando va a sacar un modelo de coche. Ahí debería de venir todo el equipamiento especificado, tanto el de serie como las opciones incluidas en la homologación de tipo.

[Only registered and activated users can see links]

rangel
04/08/2011, 11:07
Mail enviado, gracias!! ;)

jotica
04/08/2011, 22:34
Una pregunta.¿El sensor de parking, ¿hay que meterlo? Entiendo que no ya que sino sería una verguenza...

proingetec
05/08/2011, 07:57
no, los sensores de aparcamiento no son reforma, por lo tanto no hay nada que hacer ni que homologar. Un saludo

cyclope
21/01/2013, 21:17
Hola:
Me gustaria saber cuanto me cobrariais por realizar el certificado para homologar unas DRL para mi passat , estoy a la espera de que la marca me diga el precio por este mismo certificado.
Saludos

Adri_AHF
21/01/2013, 22:45
me e comprado unas suspensiones de cuerpo roscado, i me gustaria saber si se pueden homologar i el precio de ello, saludos i gracias

pas-pas
22/01/2013, 08:15
Hola:
Me gustaria saber cuanto me cobrariais por realizar el certificado para homologar unas DRL para mi passat , estoy a la espera de que la marca me diga el precio por este mismo certificado.
Saludos
Si te sirve para algo, a mí la Skoda (marca, no concesionario) me mandó a freir espárragos. No me proporcionaba ningún certificado de homologación al no ser un artículo/elemento original del catálogo de Skoda. Así que tuve que optar por proyecto de homologación.

cyclope
22/01/2013, 09:32
Pero creo recordar que tus DRL eran originales de la marca.
Saludos

pas-pas
22/01/2013, 09:38
No, no son originales. Skoda no tiene componentes originales (referencia propia original) en su catálogo.

Son unas DRL específicas para Octavia II pre-restyling que se adaptan a las rejillas internas que están junto a las antinieblas. Pero nada más. Es por ello que Skoda no me proporciona certificado.

Si hubiera sido, por ejemplo, montar los paragolpes delantero y trasero del RS si que tendría dicho papel pues son piezas originales dentro del catálogo de Skoda.

obimikel
24/01/2013, 12:01
Hola proingetec, me gustaría saber si es necesario homologar separadores de doble centrado si son de 15mm por cada lado y si es posible que eviarais por privado un precio aproximado para homologarlos en caso de ser necesario.

Sería en Octavia 1.9 tdi de 2003 chasis 1U

Gracias.

naito
29/01/2013, 14:27
Hola,mi pregunta es sise pueden homologar los cristales tintados en el cristal del conductor y acompañante,molan los de detras,pero si se pudieran homologar esos,seria la caña.
Un saludo