mondrollo
16/04/2012, 19:20
Buenas
Como sabeis, sino lo explico me han hechado para atras la homolgacion del volante del scirocco en la itv, no por la medida sino por que al llevar airbag tengo que tener informa del taller etc.. eso con la nueva ley del dia 14 de enero. pero veo que hay un parrafo que pone
Disposición transitoria quinta. Reformas de nueva tipificación.
Los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada como tal en este real decreto y que con anterioridad no fuera considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo cual dispondrán del plazo de seis meses. Transcurrido este periodo, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el presente real decreto.
cve: BOEA- 2010- 1 1154
Por lo que si mi volante lo puse antes de esa fecha, sabies si antes eso se considerabaa reforma? si no se consideraba con esa disposicion lo podria homologar no? el ingeniero me ha dicho sobre el error de la centralita y tal, le he comentado que me lo habian borrado. pero a insistido que debo de pasar el tramite de certificado de taller
haber si me podeis hechar un cable
Como sabeis, sino lo explico me han hechado para atras la homolgacion del volante del scirocco en la itv, no por la medida sino por que al llevar airbag tengo que tener informa del taller etc.. eso con la nueva ley del dia 14 de enero. pero veo que hay un parrafo que pone
Disposición transitoria quinta. Reformas de nueva tipificación.
Los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada como tal en este real decreto y que con anterioridad no fuera considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo cual dispondrán del plazo de seis meses. Transcurrido este periodo, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el presente real decreto.
cve: BOEA- 2010- 1 1154
Por lo que si mi volante lo puse antes de esa fecha, sabies si antes eso se considerabaa reforma? si no se consideraba con esa disposicion lo podria homologar no? el ingeniero me ha dicho sobre el error de la centralita y tal, le he comentado que me lo habian borrado. pero a insistido que debo de pasar el tramite de certificado de taller
haber si me podeis hechar un cable