supermaño
16/12/2008, 17:49
Supongo que en Madrid ó Barcelona, sucederá en más ocasiones.
La noticia:
Las fugas temerarias y las persecuciones policiales se han disparado en Zaragoza
Los conductores que sufren accidentes en los que no hay víctimas intentan huir cuando van bebidos o no tienen carné, porque escaparse todavía no esta tipificado como delito.
Si un conductor se da a la fuga tras sufrir un accidente de tráfico en el que no hay víctimas pero sí daños materiales, ningún juez podrá condenarle por reaccionar de esta manera. Su conducta tendrá un reproche social, pero no penal, ya que todavía no está tipificada como delito en nuestro Código Penal. Los expertos en seguridad Vial afirman que cuando no hay daños personales salir huyendo “sale “gratis”. Por ello, proponen que se ataje pronto este problema, ya que cada vez son más las fugas temerarias y las persecuciones policiales que se registran en ciudades como Zaragoza.
El Código Penal sí contempla un castigo para quienes dejan a una persona desamparada en el asfalto de una carreterra, sabiendo que se encuentra en peligro manifiesto y grave y nadie podrá socorrerla. En tal caso, el conductor fugado será acusado de un delito de omisión de socorro, y se le podrá imponer una pena de hasta cuatro años de prisión si el accidente fue consecuencia de una imprudencia. Sin embargo, tampoco la redacción de este artículo es suficientemente clara, y la consecuencia suelen ser sentencias bastante benévolas.
“Nos estamos encontrando con auténticos temerarios, a los que no les importa atravesar la ciudad a más de cien kilómetros por hora para burlar a los coches patrulla de la Policía. Antes lo hacían para evitar una multa o tener que dar parte al seguro. Ahora lo hacen porque saben que si los cogemos sin carné o con alguna copa de más podemos llevarlos ante el juez y tendrán antecedentes penales”, explica el intendente principal de Tráfico de la Policía Local de Zaragoza, Manuel Solanas. “Los casos han aumentado bastante a raíz de la modificación del Código Penal –añade-, porque ahora estas personas se juegan algo más que dinero”. Para combatir estas temeridades, Solanas propone una nueva revisión del código que tipifique como delito cualquier tipo de fuga.
El pasado 4 de diciembre y en apenas 24 horas, se registraron hasta tres peligrosas persecuciones policiales por el casco urbano de la capital aragonesa y su periferia. La más espectacular comenzó en San Juan de Mozarrifar y terminó en El Burgo de Ebro, con disparos intimidatorios incluidos. Pero la más osada fue la de un hombre de 30 años que se tiró al Canal Imperial y lo cruzó a nado, en un intento desesperado de escapar de los agentes. “Hay conductores capaces de casi cualquier cosa y no les importa poner en peligro su vida y la de los demás por evitar ser detenidos”, explica el responsable de Tráfico. “Pero claro –indica-, si esa persona iba bebida cuando provocó el accidente, huye y no se presenta hasta pasadas varias horas, ya no le podremos imputar el delito de circular influenciado por el alcohol”.
Imprudencias ¿graves o leves?
Según los expertos, el otro gran asunto pendiente en cuanto a legislación de tráfico es la objetivación de los delitos de imprudencia, ya que actualmente es el criterio subjetivo de un juez el que determina si una conducta irresponsable se castiga como imprudencia leve o grave. Y generalmente, las penas son a la baja. “Son conceptos jurídicos indeterminados y, como ocurría antes con el alcohol, es muy difícil establecer los límites”, reconoce Manuel Solanas. Cuando se afrontó la reforma del Código Penal, se pensó en abordar esta delicada cuestión, pero la premura de los plazos y el temor a que la modificación no saliera adelante, hizo que se aprobara un acuerdo de mínimos.
“Desde la Policía Local de Zaragoza –indica el intendente principal de Tráfico-, propusimos que se estableciera una catálogo de casos parecido al del código penal francés. En este, se objetivan las circunstancias del hipotético accidente para dejar claro si la imprudencia es grave o leve”. “Por ejemplo, que se diga que si el conductor circula sin carné y bebido es un caso grave. De esta manera, el juzgador estará obligado a imponer una determina pena”, apostilla Solanas.
La asociación Stop Accidentes considera también que la definicinición de imprudencia sigue siendo vaga en el Código Penal. Desde que se planteó la reforma del texto, el colectivo se mostró siempre a favor. “Se trata de dar a estos delitos más entidad, para que las víctimas y las familias no sigamos teniendo esta sensación de abandono”, manifestaba entonces la delegada del colectivo en Aragón, Dolores Bernal. Ahora, no se conforman con los cambios y plantean nuevas revisiones.
Fuente: [Only registered and activated users can see links]
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Las fugas temerarias y las persecuciones policiales se han disparado en Zaragoza
Los conductores que sufren accidentes en los que no hay víctimas intentan huir cuando van bebidos o no tienen carné, porque escaparse todavía no esta tipificado como delito.
Si un conductor se da a la fuga tras sufrir un accidente de tráfico en el que no hay víctimas pero sí daños materiales, ningún juez podrá condenarle por reaccionar de esta manera. Su conducta tendrá un reproche social, pero no penal, ya que todavía no está tipificada como delito en nuestro Código Penal. Los expertos en seguridad Vial afirman que cuando no hay daños personales salir huyendo “sale “gratis”. Por ello, proponen que se ataje pronto este problema, ya que cada vez son más las fugas temerarias y las persecuciones policiales que se registran en ciudades como Zaragoza.
El Código Penal sí contempla un castigo para quienes dejan a una persona desamparada en el asfalto de una carreterra, sabiendo que se encuentra en peligro manifiesto y grave y nadie podrá socorrerla. En tal caso, el conductor fugado será acusado de un delito de omisión de socorro, y se le podrá imponer una pena de hasta cuatro años de prisión si el accidente fue consecuencia de una imprudencia. Sin embargo, tampoco la redacción de este artículo es suficientemente clara, y la consecuencia suelen ser sentencias bastante benévolas.
“Nos estamos encontrando con auténticos temerarios, a los que no les importa atravesar la ciudad a más de cien kilómetros por hora para burlar a los coches patrulla de la Policía. Antes lo hacían para evitar una multa o tener que dar parte al seguro. Ahora lo hacen porque saben que si los cogemos sin carné o con alguna copa de más podemos llevarlos ante el juez y tendrán antecedentes penales”, explica el intendente principal de Tráfico de la Policía Local de Zaragoza, Manuel Solanas. “Los casos han aumentado bastante a raíz de la modificación del Código Penal –añade-, porque ahora estas personas se juegan algo más que dinero”. Para combatir estas temeridades, Solanas propone una nueva revisión del código que tipifique como delito cualquier tipo de fuga.
El pasado 4 de diciembre y en apenas 24 horas, se registraron hasta tres peligrosas persecuciones policiales por el casco urbano de la capital aragonesa y su periferia. La más espectacular comenzó en San Juan de Mozarrifar y terminó en El Burgo de Ebro, con disparos intimidatorios incluidos. Pero la más osada fue la de un hombre de 30 años que se tiró al Canal Imperial y lo cruzó a nado, en un intento desesperado de escapar de los agentes. “Hay conductores capaces de casi cualquier cosa y no les importa poner en peligro su vida y la de los demás por evitar ser detenidos”, explica el responsable de Tráfico. “Pero claro –indica-, si esa persona iba bebida cuando provocó el accidente, huye y no se presenta hasta pasadas varias horas, ya no le podremos imputar el delito de circular influenciado por el alcohol”.
Imprudencias ¿graves o leves?
Según los expertos, el otro gran asunto pendiente en cuanto a legislación de tráfico es la objetivación de los delitos de imprudencia, ya que actualmente es el criterio subjetivo de un juez el que determina si una conducta irresponsable se castiga como imprudencia leve o grave. Y generalmente, las penas son a la baja. “Son conceptos jurídicos indeterminados y, como ocurría antes con el alcohol, es muy difícil establecer los límites”, reconoce Manuel Solanas. Cuando se afrontó la reforma del Código Penal, se pensó en abordar esta delicada cuestión, pero la premura de los plazos y el temor a que la modificación no saliera adelante, hizo que se aprobara un acuerdo de mínimos.
“Desde la Policía Local de Zaragoza –indica el intendente principal de Tráfico-, propusimos que se estableciera una catálogo de casos parecido al del código penal francés. En este, se objetivan las circunstancias del hipotético accidente para dejar claro si la imprudencia es grave o leve”. “Por ejemplo, que se diga que si el conductor circula sin carné y bebido es un caso grave. De esta manera, el juzgador estará obligado a imponer una determina pena”, apostilla Solanas.
La asociación Stop Accidentes considera también que la definicinición de imprudencia sigue siendo vaga en el Código Penal. Desde que se planteó la reforma del texto, el colectivo se mostró siempre a favor. “Se trata de dar a estos delitos más entidad, para que las víctimas y las familias no sigamos teniendo esta sensación de abandono”, manifestaba entonces la delegada del colectivo en Aragón, Dolores Bernal. Ahora, no se conforman con los cambios y plantean nuevas revisiones.
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