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Ver la Versión Completa : Homologación luces interiores!!! (Leds, neones,...)



radicaloctavia
11/12/2012, 21:14
Buena,
Creo este tema porque como ya sabemos todos muchisimos de nosotros tenemos por el interior de nuestros vehículos luces por el interior (neones, tiras, leds,..)
Pues por lo visto el Reglamento General de Vehículos en el Articulo 17 dice:

TÍTULO II. HOMOLOGACIÓN, INSPECCIÓN Y CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS DE MOTOR, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES
([Only registered and activated users can see links])CAPÍTULO II. CONDICIONES TÉCNICAS
([Only registered and activated users can see links])

Artículo 16. Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica. ([Only registered and activated users can see links])
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica. ([Only registered and activated users can see links])
Artículo 16. Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica.

Los dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica que se regulan en la reglamentación que se recoge en los anexos I ([Only registered and activated users can see links]) y X ([Only registered and activated users can see links]) para los vehículos de motor y remolcados son los que se especifican a continuación:

Todo automóvil, con excepción de los que se reseñan en los apartados siguientes, deberá estar provisto de:

Luz de cruce.
Luz de carretera.
Luz de marcha atrás.
Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
Luz de frenado.
Luz de la placa posterior de matrícula.
Luz de posición delantera.
Luz de posición trasera.
Luz antiniebla trasera.
Luz de gálibo para vehículos de más de 2,10 metros de anchura.
Catadióptricos traseros no triangulares.
Catadióptricos laterales no triangulares para vehículos de más de 6 metros de longitud.
Luz de posición lateral en vehículos cuya longitud supere los 6 metros, excepto en las cabinas con bastidor.


Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica.

Con las excepciones que se señalan en el artículo 18 ([Only registered and activated users can see links]), los únicos dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica que se regulan en la reglamentación que se recoge en los anexos I ([Only registered and activated users can see links]) y X ([Only registered and activated users can see links]) para los distintos tipos de vehículos de motor y remolcados, son los que se especifican a continuación:

Todo automóvil, con excepción de los que se reseñan en los apartados anteriores, puede llevar:

Luz antiniebla delantera.
Luz de estacionamiento, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros y su anchura no es mayor de 2 metros. En los de vehículos que no reúnan ambas condiciones estará prohibida.
Luz de alumbrado interior del habitáculo.
Catadióptricos no triangulares o luces de posición laterales, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros.
Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puerta, sólo visible en esta circunstancia.
Luz de gálibo para vehículos comprendidos entre 1,80 y 2,10 metros de anchura.
Luz de gálibo trasera en las cabinas con bastidor.
Catadióptricos delanteros no triangulares.
Tercera luz de freno.
Y en el manual de reformas, no se considera reforma tipificada por lo que se ve.

MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS ([Only registered and activated users can see links] )
I.- VEHÍCULOS DE CATEGORÍAS M, N y O
Grupo Nº9. Alumbrado

Bueno pues quisiera que aclaremos este tema; para ver como se puede meter en ficha dichas luces interiores.
Todos esto es gracias a la gran ayuda de un compañero de Octaviaclub.

gracias

quitus
11/12/2012, 23:29
Tengo claro que llevar una bombilla de Led no importa, pero vas a homologar todos esos leds (10.552 nada menos)?

Suerte, a ver que te comentan los industriales.

guti3
24/07/2013, 13:52
La luz interior no es un elemento obligatorio para particulares, solo para vehículos de servicio público, lo que dice la ley es que lo que lleves puesto no debe molestar (deslumbrar) a los demás vehículos y, si no recuerdo mal, ser de color blanco.