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Ver la Versión Completa : Transferencia de titularidad de un vehiculo AYUDA



caaveiro
15/06/2009, 22:01
Hola Vagpayos.

Queria consultaros algo a ver si me podeis echar una mano.

Resulta que tengo una abuela que hace 2 meses se quedo viuda. Si marido tenia un coche , del que era el titular en la dgt.

Ahora queremos venderlo , por que como todo el mundo ya tiene coche , nadie en la familia se lo va a quedar.

El caso es que no se como se hace el procedimiento para el cambio de titularidad, teniendo el cuenta que el actual titular esta fallecido y ademas no hay declaracion de herederos ni testamento debido a su repentino fallecimiento ( cancer de pulmon).


A ver si alguien me puede echaruna mano de que documentacion necesito y como tengo que hacer el procedimiento.

Saludos y gracias.

Mag
15/06/2009, 22:20
Lamento mucho el fallecimiento de tu abuelo.

Sobre el tema que preguntas, este documento de la DGT: Cambio Titularidad ([Only registered and activated users can see links]) indica:
Supuestos de transferencia por fallecimiento, se
presentará declaración de herederos o testamento
acompañado de certificado de últimas voluntades, o
cuaderno particional en que conste la adjudicación del
vehículo, y el impuesto de sucesiones.

Creo que para poder cambiar la titularidad del vehículo y poder venderlo primero tendréis que hacer la particición de la herencia y el pago de impuesto de sucesiones. Por si te sirve, aquí habla sobre ello: [Only registered and activated users can see links]

Pero igual algún forero con mas conocimientos al respecto te podrá orientar mejor.

Un saludo,

supermaño
15/06/2009, 22:22
Siento lo de tu abuelo.
Por desgracia, conozco ese caso y tienes dos procedimientos:
El corto: Si todavía posees el DNI del fallecido, cuanto antes debes de hacerte pasar por él (tan sólo firmar por el fallecido y fotocopia del DNI, junto con el original, como una transferencia normal) y te lo pones a tu nombre ó a quien sea, pero cuanto antes, no esperes a venderselo a alguien.

Opción larga, pero meses y meses...: Al no existir testamento y aunque existiera, la viuda ó hijos se tienen que hacer herederos del vehículo, dependiendo si en tu comunidad existe alguna ley sobre ello, será más largo ó mas corto el procedimiento. Una vez hechos herederos, con la aceptación de herencia y las escrituras donde figura que el fallecido tenía un coche y ese coche ahora es del heredero X, y las tasas de haber pagado la herencia en hacienda y si la ley de tu comunidad te indicará si deberá estar visado en algún otro organismo. Con todos esos papeles, una vez hechos los llevas a tráfico y cuando se los leean, el coche pasará a ser del heredero.

Te aconsejo la opción corta. 100%.

dansan32
15/06/2009, 22:27
Lo primero que teneis que hacer es pedir las ultimas voluntades, eso se pide atraves de un impreso que lo tienes en el estanco de tu localidad, una vez tengas esto, tendras que pedir a todos los herederos un documento firmado en el cual te dan el vehiculo y asi lo podras poner a tu nombre.

Pagina de la DGT donde puedes ver los pasos a dar en caso de cambio de titularidad, que creo que te vale de poco [Only registered and activated users can see links]

Y el reglamento general de vehiculos dice:

6. En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante.
Dicha Jefatura, previa presentación del permiso o licencia de circulación y demás documentos que se determinan en el anexo XIV ([Only registered and activated users can see links]), practicará en el citado permiso o licencia, así como en el Registro de Vehículos la anotación de: En poder hasta su adjudicación hereditaria de..., indicando la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular, considerándose a la persona anotada como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo.
El que resulte adjudicatario definitivo del vehículo quedará obligado a solicitar, en el plazo de noventa días, contados desde la fecha indicada en el documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Y el anexo XIV dice:


II. Transmisiones por causa de muerte

Transmisión provisional:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, apartado 6 de este Reglamento ([Only registered and activated users can see links]), la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los noventa días siguientes a la defunción del titular registral del vehículo, presentando la siguiente documentación:

Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico, interesando la inscripción provisional a su nombre.
Tasa por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII ([Only registered and activated users can see links]), sobre matriculación.
Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopía.
Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo.
Permiso o licencia de circulación del vehículo, en el que se anotará la adjudicación provisional.
[Only registered and activated users can see links] ([Only registered and activated users can see links]) Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor.

Transmisión definitiva:
La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de noventa días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación. A tal efecto presentará, además de los documentos que se indican en el apartado I.1.B de este anexo, que estarán firmados por el heredero o herederos, la documentación siguiente:

Declaración de herederos, o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
Justificación del pago o exención del Impuesto sobre Sucesiones y fotocopia.
Permiso o licencia de circulación.
[Only registered and activated users can see links] ([Only registered and activated users can see links]) Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor.
Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.



Espero que te valga de algo todo este tocho


un saludo

Robledo
15/06/2009, 22:30
Estas cosas son jodias por que el estado chupa cmoo una sanguijuela de todo lo que se haga. Lo suyo hubiera sido cambiarlo de nombre a los pocos dias del fallecimientos, haciendo el beneficiario lo mejor posible la firma del titular ya no presente y ir a tráfico con su >DNI. Ya que los fallecimientos tardan en comunicarse mucho tiempo a los organismos oficiales. Es una pirula ilegal pero es que si no es un verdadero quebradero de cabeza lo que tendreis que hacer y un dineral.

Robledo
15/06/2009, 22:32
Siento lo de tu abuelo.
Por desgracia, conozco ese caso y tienes dos procedimientos:
El corto: Si todavía posees el DNI del fallecido, cuanto antes debes de hacerte pasar por él (tan sólo firmar por el fallecido y fotocopia del DNI, junto con el original, como una transferencia normal) y te lo pones a tu nombre ó a quien sea, pero cuanto antes, no esperes a venderselo a alguien.

.

Nos hemos pisado diciendo lo mismo!!!

caaveiro
15/06/2009, 22:36
Lo primero que teneis que hacer es pedir las ultimas voluntades, eso se pide atraves de un impreso que lo tienes en el estanco de tu localidad, una vez tengas esto, tendras que pedir a todos los herederos un documento firmado en el cual te dan el vehiculo y asi lo podras poner a tu nombre.

Pagina de la DGT donde puedes ver los pasos a dar en caso de cambio de titularidad, que creo que te vale de poco [Only registered and activated users can see links]

Y el reglamento general de vehiculos dice:

6. En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del mismo mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante.
Dicha Jefatura, previa presentación del permiso o licencia de circulación y demás documentos que se determinan en el anexo XIV ([Only registered and activated users can see links]), practicará en el citado permiso o licencia, así como en el Registro de Vehículos la anotación de: En poder hasta su adjudicación hereditaria de..., indicando la identificación y domicilio del depositario y la fecha del fallecimiento del titular, considerándose a la persona anotada como sujeto de cuantas obligaciones correspondan al titular del vehículo.
El que resulte adjudicatario definitivo del vehículo quedará obligado a solicitar, en el plazo de noventa días, contados desde la fecha indicada en el documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Y el anexo XIV dice:


II. Transmisiones por causa de muerte


Transmisión provisional:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, apartado 6 de este Reglamento ([Only registered and activated users can see links]), la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los noventa días siguientes a la defunción del titular registral del vehículo, presentando la siguiente documentación:

Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico, interesando la inscripción provisional a su nombre.
Tasa por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII ([Only registered and activated users can see links]), sobre matriculación.
Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopía.
Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo.
Permiso o licencia de circulación del vehículo, en el que se anotará la adjudicación provisional.
[Only registered and activated users can see links] ([Only registered and activated users can see links]) Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor.


Transmisión definitiva:
La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de noventa días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación. A tal efecto presentará, además de los documentos que se indican en el apartado I.1.B de este anexo, que estarán firmados por el heredero o herederos, la documentación siguiente:

Declaración de herederos, o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
Justificación del pago o exención del Impuesto sobre Sucesiones y fotocopia.
Permiso o licencia de circulación.
[Only registered and activated users can see links] ([Only registered and activated users can see links]) Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor.
Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.




Espero que te valga de algo todo este tocho


un saludo


El problema es que no hay declaracion de herederos ni testamento.

dansan32
15/06/2009, 22:47
Y que problema tienes, te da tres opciones y tu solo puedes usar cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo esto lo hara un notario o similar,

supermaño
15/06/2009, 23:14
El problema es que no hay declaracion de herederos ni testamento.

Debeis ir a un notario a que os haga herederos, pagar al notario, pagar a hacienda. Dependiendo la ley de tu comunidad, pero casi seguro que también lo tendrá que visar el gobierno de tu comunidad.
Te recomiendo que si hay varias propiedades y varios herederos, busqueis un abogado que os mueva todos los papeles y os haga el trabajo sucio, porque es un tema desesperante y el dinero que hay que desembolsar por todos trámites, es inimaginable...

Erreaxe
16/06/2009, 09:34
El problema es que no hay declaracion de herederos ni testamento.

Debes solicitar el certificado de últimas voluntades y con ello, hacer una declaración de herederos sin testamento, a través de una notaria.

Aunque no haya testamento, la declaración de herederos es obligatoria y se puede hacer.

Asesorate en cualquier Gestoría o en un abogado.

Si eres de Madrid te puedo recomendar a una persona.

petrolo
16/06/2009, 10:39
Cuando falleció mi abuelo, nos vimos en el mismo problema con el coche, al final uno de mis tios fue con el DNI del difunto y una hoja de la transferencia con firma simulada y arreando, se pasó el coche a su nombre y luego más adelante se vendió.

caaveiro
16/06/2009, 11:30
Hombre, a mi se me ha ocurrido que podriamos hacer una cosa.

Hacer un contrato de compraventa con fecha de 1 o 2 dias anterior a la de la defuncion ( siempre podemos alegar que como ya sabiamos como estaba la cosa , pues optamos por hacer esto para ahorrarnos poblemas) Y ya esta. De esta forma legalmente el vendedor habria sido el titular del mismo.

Eso , o tirar por la calle de en medio y hacer el contrato a nombre de mi abuela y llevar la documentacion a una gestoria y que se encarguen ellos de la tramitacion , solo hace falta la documentacion original y una copia del dni del titular creo no ?

petrolo
16/06/2009, 11:35
Diría que también necesitas la firma del titular en el impreso de la transferencia, el documento de compraventa no te lo van a pedir.

Robledo
16/06/2009, 11:48
Los documentos de cambio de nombre te los puedes bajar de la página de la DGT, relleanrlos tu en casa y "firmarlos" y llevarlo todo tu a tráfico. Si vas, al menos años atrás el DNI original era necesario. Y si no pues haces el mismo proceso pero lo dejas en una gestoria.

caaveiro
16/06/2009, 13:19
Hoy he ido a una gestoria de aqui de huelva y solo me han pedido las fotocopias de los dni de el que da y el que recibe. y un papelito que es la solicitud de transferencia , pero no hace falta ni que lo rellenemos nosotrs solo firmarlo y punto. junto con la documentacion original. Todo esto al precio de 80 euros mas lo que se tenga que pagar en hacienda.