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jotica
28/03/2010, 15:29
Hola,

Ya que poner la bola me cuesta mucha pasta (es mas barato comprarme otra bici y derjarle en el pueblo), me he decidido a comprarme un portabicis para el portón de mi passat Variant, ¿Cual recomendáis?

He oído que no tienen qe tapar ni luces, ni matricula ya que sino hay que poner un plafón trasero con lo que eso cuesta también.

Gracias

adofaifo
28/03/2010, 23:14
Hay una marca que creo que se llama "Thule", es cara pero es calidad 100%.

javidmh
08/04/2010, 19:48
yo uso un portabicis de porton, lo unico a tener en cuenta es efectivamente, que no tape ni las luces ni la matricula, por lo demas perfecto, se monta y desmonta rapido, eso si las bicis se balancean mucho, pero no se sueltan ni loco

jotica
09/04/2010, 20:09
al final me he comprado el SR3 (extra alto) del feuvert y muy bien. Por 89 muy recomendable ya que las bicis no tapan

Rubyn
10/04/2010, 13:23
Hay una marca que creo que se llama "Thule", es cara pero es calidad 100%.

+1
Thule es lo mejor que hay :deacuerdo:

estepar
21/04/2010, 10:49
al final me he comprado el sr3 (extra alto) del feuvert y muy bien. Por 89 muy recomendable ya que las bicis no tapan


hola, mi passat variant es de finales de 2009 y estot buscando el portabicis.

¿tu coche es del mismo año? ¿valdría ese modelo para mi coche?
¿araña el coche?

Gracias

dansan32
21/04/2010, 15:10
Hola,

Ya que poner la bola me cuesta mucha pasta (es mas barato comprarme otra bici y derjarle en el pueblo), me he decidido a comprarme un portabicis para el portón de mi passat Variant, ¿Cual recomendáis?

He oído que no tienen qe tapar ni luces, ni matricula ya que sino hay que poner un plafón trasero con lo que eso cuesta también.

Gracias

Hombre con la bola tienes para mas usos, y nunca se sabe.

pas-pas
21/04/2010, 15:51
Jotica, puedes poner el portabicicletas. No puede salir por los lados, ni ocultar las luces, ni la matricula. Adicionalmente a esto, tiene que llevar una ó dos señales denominadas V-20.

Señal V-20
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Artículo interesante para leer ([Only registered and activated users can see links])


La ley dice:

Articulo 15 apartado 6 del Reglamento de Circulación. Dimensiones de la carga

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:

a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

1º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

2º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por 100 de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por 100.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida.

Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.

El no llevar la V-20 se penaliza con la cantidad de 150€, por muy bien que lo lleve colocado, y por su puesto da igual el sistema que se lleve en el momento que sobresalga de la planta del vehículo tiene que ponerla.

jotica
21/04/2010, 19:28
Estepar, mi passat es el Variant 3C como el tuyo.

Pas-pas, totalmente de acuerdo con el tuyo. Con el portabicis que tengo, las bicis estápor encima de los focos y matrículo y por los lados creo que sobre sale má so menos un 10% (que eso es legal). Yo puse las bicis y mirándolo de frente no creo que sobrasal más que eso teniendo en cuenta los retrovisores en la anchura.

ATENCION: La placa V20 es MUY IMPORTANTE yo la llevo ya que sino multa segura.

pas-pas
22/04/2010, 08:20
Sigo aportando más info, algunas por olvido, otras ampliando según se va desarrollando el tema.

Por las noches y cuando la condicines climatologicas, son adversas, se tiene que señalizar con una luz roja por detras y una blanca por delante.


y por los lados creo que sobresale má so menos un 10% (que eso es legal).

Solo puede sobresalir por los laterales en un vehiculo destinado exclusivamente al transporte de mercancía y siempre y cuando la carga sea indivisible. Info refrendada por el siguiente artículo del Reglamento General de la Circulación:


Articulo 15 del Reglamento General de Circulacion, dimensiones de la carga:

1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:


a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

1º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.

2º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.

b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por 100 de su longitud, y si fuera indivisible, un 15 por 100.

4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.

5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida. Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.

7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.

8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo dispuesto en su autorización.

estepar
22/04/2010, 12:23
Gracias Jotica.

¿Cuantas señales V20 has puesto, 1 ó 2?