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Tema: Ofrezco ayuda sobre consultas legales.

Vista Híbrida

  1. #1
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    Cita Iniciado por javiersan Ver Mensaje
    Hola Navio,tengo una consulta para ti,si eres tan amable ,claro:
    Tengo una moto de enduro 450 cc matriculada.Hace un tiempo le compré un kit de supermotard,le homologue las llantas,pase la itv y me anotaron estos neumaticos de carretera en la ficha tecnica.
    Ahora quiero pasarle otra vez la itv,aunque ahora mismo tiene puestas las ruedas de enduro,para pasar la itv les pongo las de carretera,(al decir carretera me refiero a diferente diametro de llantas,las homologadas en la ficha).
    Tengo una placa matricula pequeña,que no hace mucho homologaron para las motos de enduro.Entonces mi pregunta es la siguiente:
    ¿Esta placa de matricula pequeña es valida para la moto con las ruedas de carretera o esta placa es solo para las ruedas de enduro?
    Gracias.
    Tienes que llevar la placa de matricula estipulada en la matriculacion de tu vehiculo, es decir si esta matriculada como enduro, es enduro con todas las consecuencias, independientemente del tipo de neumatico que lleves. Un saludo.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Mi novia es mui torpe conduciendo,le queda 3 meses para cumplir el año y librarse de la " L " Mi pregunta es : Se puede seguir llevando la " L " ??? sin problema ni pegas por parte de la Guardia Civil ??? P.S : En mi opinion sera mejor que siga llevando la " L " para que los demas conductores ande con precaucion cuando se encuentran detras de ella !!!! Jejejeje Gracias
    El R.G.Cir estipula que la señal V-13 Conductor novel indica que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad, esto quiere decir que no debe de ser usada por alguien que no reuna esos requisitos, saludos.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Hola de nuevo. Un amigo lleva un " pirulo azul " en su coche......... Si la GC lo descubre aunque no este enchufado que pasaria ???? Y si hay posible multa.....De cuanto se trataria ??? Gracias
    Este es un tema complicado, lo primero de todo decir que tu amigo puede tener problemas tanto si lo tiene encendido, como si no, aunque eso ya seria a criterio del agente, pero vamos, en principio el mayor problema vendria en el caso de que se estuviera haciendo uso del la señal V-1 y mas concretamente azul (uso exclusivo por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad), se le podria detener por un delito de usurpacion de funciones publicas definido en su articulo 402.66 El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
    Por ello lo mejor que puede hacer es dejarselo aparcado en casa. ¿Por cierto, para que necesita tu amigo llevar un prioritario?, saludos.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Pues el dice que lo enchufa con la musica cuando va de botellon ?!?!? Se lo compro en una gasolinera (se parece mucho al rotativo que tiene las gruas) no creo que sera oficial. Tampoco entiendo mucho de eso........codi. Salu2
    El rotativo de las gruas es naranja, no azul.-

    Cita Iniciado por codi31 Ver Mensaje
    si tu amigo lleva un rotativo Azul, aunque no este enchufado, pueden decirte perfectamente, que para que lo llevas en el coche si no se va a usar, y como no hay respuesta que tenga una salida valida, puesto que los rotativos azules son solo para uso de cuerpos de seguridad del estado, pueden echarle una multa, y depende como sea ese rotativo, incluso puede agravarse mas el asunto, porque hay rotativos azules de esos tipo chinos, y rotativos azules oficiales. salu2
    Codi, el prioritario azul no es exclusivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, es exclusivo para todas las fuerzas y cuerpo de seguridad, entre las que se incluyen a los Mossos, Archancha, Foral y las policias locales, saludos.-

  2. Los Siguientes 2 Usuarios Agradecieron a navio por Este Mensaje:

    adrenalinao (31/01/2013), bxx2597 (27/03/2012)

  3. #2
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    buenas navio,....
    viendo el titulo del post haber si me podrias responder una duda que he pensado
    un coinductor circula a 200km/h por la autopista y le caza el rdar,pero nole paran,la multa llega a casa, o domocilio del propietario del coche,pero no era el conductor el,el tema es que imaginemos que el dueño del coche esta fallecido, luego la multa no se la puden encasquetar a el, bien no¿?
    pues si le obligan a identificar al conduxtor tampoco lo pude hacer ya que que esta fallecido,el el seguro no tinen ni idea de quien lleva el coche,lo digo por cortar cabos, ejeeej....
    unico conductor solo figura el dueño del coche.. resultado fial?¿¿?¿ quien se come la receta¿?¿?¿? que seria 6 puntos y 600e¿?¿?
    y si estaria vivo el dueño pero el ya no tine carnet de conducir¿?¿? seria un sancion administrativa no¿?¿
    saludos y gracias...
    Última edición por leoncitoTDI; 29/03/2012 a las 15:18
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  4. #3
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    Cita Iniciado por leoncitoTDI Ver Mensaje
    buenas navio,....
    viendo el titulo del post haber si me podrias responder una duda que he pensado
    un coinductor circula a 200km/h por la autopista y le caza el rdar,pero nole paran,la multa llega a casa, o domocilio del propietario del coche,pero no era el conductor el,el tema es que imaginemos que el dueño del coche esta fallecido, luego la multa no se la puden encasquetar a el, bien no¿?
    pues si le obligan a identificar al conduxtor tampoco lo pude hacer ya que que esta fallecido,el el seguro no tinen ni idea de quien lleva el coche,lo digo por cortar cabos, ejeeej....
    unico conductor solo figura el dueño del coche.. resultado fial?¿¿?¿ quien se come la receta¿?¿?¿? que seria 6 puntos y 600e¿?¿?
    y si estaria vivo el dueño pero el ya no tine carnet de conducir¿?¿? seria un sancion administrativa no¿?¿
    saludos y gracias...
    Perdona pero me habia saltado tu pregunta. Lo primero es que has puesto un caso de lo mas enrevesado que te has podido imaginar, pero bueno llegado el caso si te "cazan" a 200km/h, la infraccion serian 6 puntos y 600€, pero como dicho vehiculo ya no pertenece al fallecido, el responsable legal sera el heredero que haya aceptado la herencia y como tal debe de identificar y en su caso responder de la sancion pertinente llegado el caso, aqui no se libra nadie o responde uno o responde el otro, saludos.-

  5. #4
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Perdona pero me habia saltado tu pregunta. Lo primero es que has puesto un caso de lo mas enrevesado que te has podido imaginar, pero bueno llegado el caso si te "cazan" a 200km/h, la infraccion serian 6 puntos y 600€, pero como dicho vehiculo ya no pertenece al fallecido, el responsable legal sera el heredero que haya aceptado la herencia y como tal debe de identificar y en su caso responder de la sancion pertinente llegado el caso, aqui no se libra nadie o responde uno o responde el otro, saludos.-
    ok gracias navio...
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  6. #5
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Codi, el prioritario azul no es exclusivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, es exclusivo para todas las fuerzas y cuerpo de seguridad, entre las que se incluyen a los Mossos, Archancha, Foral y las policias locales, saludos.-
    ya, ya, con "cuerpos de seguridad del estado" me refería a todos (incluyendo a los mencionados por ti) pero quizás me explique mal, y debí argumentarlo mejor, me refería a todos, y ahora incluso con la nueva ley, puede llevar rotativo azul las ambulancias y camiones de bomberos (o combinando azul y rojo) en vez del rotativo naranja, para así equipararse al resto de Europa. salu2
    Dedicado a todos aquellos que decidieron conducir un mito, un Golf. A todos ellos decirles: SOMOS COJONUDOS !!

  7. #6
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    Tarticulo 402.66 El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
    Se que la pregunta es obvia, pero de la ley ya me espero cualquier cosa... si trabajas con ellos y de vez en cuando has de transportar algun rotativo o puente suelto, en un coche normal y corriente (es decir, no con el de la empresa), no te podran decir nada no???

  8. #7
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    Cita Iniciado por FABIUS Ver Mensaje
    Se que la pregunta es obvia, pero de la ley ya me espero cualquier cosa... si trabajas con ellos y de vez en cuando has de transportar algun rotativo o puente suelto, en un coche normal y corriente (es decir, no con el de la empresa), no te podran decir nada no???
    En el criterio del agente es donde entra el sentido comun (si lo hay claro), evidentemente no es lo mismo transportar un rotativo en la guantera con enchufe del mechero listo para funcionar, una noche de sabado, que una caja de rotativos en el maletero un dia cualquiera. Saludos.-

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