Cita Iniciado por sergimasmejor Ver Mensaje
Hola navio,

en los ultimos meses he estado leyendo acerca de la nueva reglamentacion de trafico en la cual se regulan las "sillas para niños" y su uso.
En ella indica la obligatoriedad de llevar al niño/a en sentido contrario a la circulacion (mirando hacia atras).
No sé si la mente pensante que ha decido esto ha circulado con una criatura en una silla en circunstancias similares pero cuando el "peke" es algo grande (la mia con 1 año ya estaba incomoda porque tocaba con los pies en el asiento) tenemos problemas.

¿Podrias aclararme este punto? Repito, lo unico que encuentro es el extracto y no he sido capaz de leer nada sobre esa inquietud.

Gracias.
Con la legislacion vigente se aconseja siempre que sea posible a circular con los "peques" en sentido contrario al de la circulacion, pero no se obliga en ningun caso, por tanto se puede optar tanto a trasportarlos en orden marcha como a contra marcha, quedando dicha decision a criterio de su progenitor. Un saludo.-