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Tema: Ofrezco ayuda sobre consultas legales.

Vista Híbrida

  1. #1
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    Cita Iniciado por jscv1998 Ver Mensaje
    A colación de lo que dices JOAN, a mi me crea otra duda, en caso de accidente grave, con mas de 5 personas en el coche, si el coche es 5p, ¿que crees que diria el seguro?. Un saludo.
    El seguro de desentenderia de lo que le suceda al ocupante "extra" que circula sin ir correctamente, por todo ello seria responsable del mismo el conductor del vehiculo en cuanto a indemnizaciones (Un fallecido viene costando unos 300.000€) . La unica solucion para intentar escaparse, seria por via judicial, pero es muy complicado.
    En cuanto a la parte administrativa seria denunciado por trasportar a mas personas de las autorizadas sin llegar a superar el 50% de las plazas homologadas (200€). Pudiera ser que por parte del ministerio fiscal se iniciara un proceso en el cual se podria acusar al conductor de un delito de homocidio por imprudencia llegado el caso. Por todo ello creo que no es conveniente de jugarsela.

  2. #2
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    Avatar de jscv1998
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    El seguro de desentenderia de lo que le suceda al ocupante "extra" que circula sin ir correctamente, por todo ello seria responsable del mismo el conductor del vehiculo en cuanto a indemnizaciones (Un fallecido viene costando unos 300.000€) . La unica solucion para intentar escaparse, seria por via judicial, pero es muy complicado.
    En cuanto a la parte administrativa seria denunciado por trasportar a mas personas de las autorizadas sin llegar a superar el 50% de las plazas homologadas (200€). Pudiera ser que por parte del ministerio fiscal se iniciara un proceso en el cual se podria acusar al conductor de un delito de homocidio por imprudencia llegado el caso. Por todo ello creo que no es conveniente de jugarsela.
    Eso pensaba yo, pero mejor tu explicación, un saludo y gracias una vez mas navio.

  3. #3
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    Cita Iniciado por JOAN Ver Mensaje
    Buenas Navio...

    Tengo una duda respecto a llevar a los hijos en Scooter.... o mas de 3 hijos/niños/nietos en un coche con los padres ...

    Me dice la Policia Local que los padres a los hijos los pueden transportar en moto o scooter siempre que sean mayores de 12 años o que tengan 7 años, y en este ultimo caso, si es que es para llevarlos a un centro escolar...(y siempre que lleguen a los estribos en cualquier caso)...

    ¿que pasaria si llevara a ambos en un scooter... teniendo la edad..?

    ¿puedo llevar con las sillitas correspondientes, elevadores o lo que sea... a mas de cinco personas en un coche de turismo de cinco plazas si algunas de las personas son niños...??

    ¿como lo ves..??

    Yo he visto determinados vehiculos con mas de cinco personas... por ejemplo suegros, madre y 3 hijos/nietos.... ¿pasaría algo...?
    Ya estoy por aqui de nuevo, te respondo por partes.
    -Referente a la duda de edad sobre el trasporte de menores en ciclomotores, el Reglamento de circulacion recoge en su articulo 12:
    12.3. Excepcionalmente, los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior
    Dichas prescripciones son las siguientes:
    12.2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y cumpla las siguientes condiciones:
    a) Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
    b) Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.
    En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.


    Es decir que un padre, madre, tutor o persona autorizada mediante escrito por los mismos puede transportar a un niño menor de 12 años siempre y cuando el mismo no tenga menos de 7 años, en todo tipo de circunstancias, no solo para ir a la escuela, este es un apartado que se modifico en la ultima reforma del reglamento de circulacion.

    -Referente al numero de menores transportados en un vehiculo, no hay una cantidad maxima contemplada en la ley, habiendo de tener unica y exclusivamente en cuenta que cada uno de ellos vaya en una sillita homologada y debidamente anclada al chasis del turismo, ya sea mediante anclajes Isofix o mediante cualquier otro sistema de retencion autorizado. NO HAY POSIBILIDAD DE LLEVAR A MAS PERSONAS EN UN VEHICULO QUE TIENE X PLAZAS HOMOLOGADAS, AUNQUE EN EL MISMO VIAJEN MENORES, es decir un vehiculo de 5 plazas debe de estar ocupado por un maximo de 5 personas independientemente de su edad, tamaño y o peso, esto quiere decir que cada uno de los menores que no lleguen a la altura minima exigida, debe de estar sentado en una sillita/alzador homologado, no pudiendo estar los mismos ni encima de los padres (casos de bebes) o de cualquier otra forma que no sea la establecida. En lo relativo a la necesidad de llevar sillita y o alzador te paso lo que dice el Reglamento de Circulacion.
    Articulo 117.2, 3 y 4 dice:
    2. La utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:
    a) Respecto de los asientos delanteros del vehículo: Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros. b) Respecto de los asientos traseros del vehículo:
    1º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.
    2º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.
    c) Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un «airbag» frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.
    3. Los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.
    4. En los vehículos a que se refieren el apartado 1.a) 1º y 2º y b) que no estén provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar niños menores de tres años de edad. Además, los mayores de tres años que no alcancen los 135 centímetros de estatura deberán ocupar un asiento trasero.


    Un saludo.

  4. #4
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    Buenas Navio...

    Tengo una duda respecto a llevar a los hijos en Scooter.... o mas de 3 hijos/niños/nietos en un coche con los padres ...

    Me dice la Policia Local que los padres a los hijos los pueden transportar en moto o scooter siempre que sean mayores de 12 años o que tengan 7 años, y en este ultimo caso, si es que es para llevarlos a un centro escolar...(y siempre que lleguen a los estribos en cualquier caso)...

    ¿que pasaria si llevara a ambos en un scooter... teniendo la edad..?

    ¿puedo llevar con las sillitas correspondientes, elevadores o lo que sea... a mas de cinco personas en un coche de turismo de cinco plazas si algunas de las personas son niños...??

    ¿como lo ves..??

    Yo he visto determinados vehiculos con mas de cinco personas... por ejemplo suegros, madre y 3 hijos/nietos.... ¿pasaría algo...?
    Hasta hace unos años los niños menores de cierta edad solo contabilizaban media plaza, por eso podías llevar más de 5 personas en un turismo (siempre que no fuesen niños ocupaneo más de la mitad de las plazas)
    Ahora mismo, con la normativa actual, es imposible llevar más de 5 ocupantes de forma legal en un vehículo de 5 plazas, ya que para llevar correctamente un niño con sus dispositivos homologados ocupas una plaza.

    Sobre lo del scooter, yo tengo entendido que es así, un mayor de 7 años puede ir en moto siempre que esté homologada para 2 pasajeros y el conductor sea uno de los padres. (evidentemente solo puedes llevar un niño cada vez)
    Existen tres tipos de personas:
    Las que saben contar y las que no.

  5. #5
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    Navio viendo los post sobre la pegatina de la ITV que por ley hay que llevarla por lo que nos has mostrado, mi pregunta es a dicha pegatina pero colocada en una moto. Si la colocas en el carenado despues para sacarla no veas, en la cupula lo mismo, y en las barras pues al lavarla con la karcher la podrias arrancar. De la misma manera te la podrian arrancar del carenado o cupula aunque no saliera entera estaria rota con lo que no tendria validez. Por ley hay que llevarla pero si le explicas al agente que ya te la han quitado por eso la llevas en la cartera, por poder podrian multarte por ley no?

    Gracias

  6. #6
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    Cita Iniciado por jr_brana Ver Mensaje
    Navio viendo los post sobre la pegatina de la ITV que por ley hay que llevarla por lo que nos has mostrado, mi pregunta es a dicha pegatina pero colocada en una moto. Si la colocas en el carenado despues para sacarla no veas, en la cupula lo mismo, y en las barras pues al lavarla con la karcher la podrias arrancar. De la misma manera te la podrian arrancar del carenado o cupula aunque no saliera entera estaria rota con lo que no tendria validez. Por ley hay que llevarla pero si le explicas al agente que ya te la han quitado por eso la llevas en la cartera, por poder podrian multarte por ley no?

    Gracias
    Navio creo que te saltaste mi pregunta, es obligatorio llevar la pegatina de la ITV en la moto. Y si es así donde, porque lugar visible es algo muy relativo.

    Gracias otra vez
    ExAudi A3 8L ASZ 1.9 tdi (130CV) ASZ con 323.600 km a dia de 26/12/2012 10 años. Powered by mOnchO.
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  7. #7
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    Bueno ya estoy por aqui de nuevo sin prisas. Lo primero de todo pedir disculpas por el retraso en contestar, pero llevo unas 2 semanas de reforma en casa de mis padres y como alguien les chivo que en tiempos pasado era fontanero-calefactor me he tenido que chupar todas las tuberias, y para colmo trabajar de forma intensiva para cubrir los servicios minimos de Semana Santa.-

  8. #8
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    Cita Iniciado por jr_brana Ver Mensaje
    Navio creo que te saltaste mi pregunta, es obligatorio llevar la pegatina de la ITV en la moto. Y si es así donde, porque lugar visible es algo muy relativo.

    Gracias otra vez
    Disculpa que la obviara, pero se me escapo de la vista. Mira el RGveh. dice que sobre la señal V-19 o mas conocidos como pegatina de la ITV, que:

    V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO
    1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.
    2. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distinto se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintito será autoadhesiva.
    En el resto de los vehículos, el distitivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintito será autoadhesiva.


    Esto viene a decir que en una motocicleta se puede colocar en cualquier sitio que sea visible, como la cupula si la tiene (poco estetito) o en el deposito de la gasolina, no habiendo un sitio concreto, solo que sea visible a la vista. Un saludo.-

  9. #9
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Disculpa que la obviara, pero se me escapo de la vista. Mira el RGveh. dice que sobre la señal V-19 o mas conocidos como pegatina de la ITV, que:

    V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO
    1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.
    2. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distinto se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintito será autoadhesiva.
    En el resto de los vehículos, el distitivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintito será autoadhesiva.


    Esto viene a decir que en una motocicleta se puede colocar en cualquier sitio que sea visible, como la cupula si la tiene (poco estetito) o en el deposito de la gasolina, no habiendo un sitio concreto, solo que sea visible a la vista. Un saludo.-

    Ok muchas gracias, ahora dependerá de lo que considere el señor agente sitio visible
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  10. #10
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    Como te han dicho si tiene 7 años y llega a los estribos, y por descontado van con un casco de su medida puedes llevarlo.

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