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Tema: Ofrezco ayuda sobre consultas legales.

  1. #131
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    Cita Iniciado por javiersan Ver Mensaje
    Hola Navio,tengo una consulta para ti,si eres tan amable ,claro:
    Tengo una moto de enduro 450 cc matriculada.Hace un tiempo le compré un kit de supermotard,le homologue las llantas,pase la itv y me anotaron estos neumaticos de carretera en la ficha tecnica.
    Ahora quiero pasarle otra vez la itv,aunque ahora mismo tiene puestas las ruedas de enduro,para pasar la itv les pongo las de carretera,(al decir carretera me refiero a diferente diametro de llantas,las homologadas en la ficha).
    Tengo una placa matricula pequeña,que no hace mucho homologaron para las motos de enduro.Entonces mi pregunta es la siguiente:
    ¿Esta placa de matricula pequeña es valida para la moto con las ruedas de carretera o esta placa es solo para las ruedas de enduro?
    Gracias.
    Tienes que llevar la placa de matricula estipulada en la matriculacion de tu vehiculo, es decir si esta matriculada como enduro, es enduro con todas las consecuencias, independientemente del tipo de neumatico que lleves. Un saludo.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Mi novia es mui torpe conduciendo,le queda 3 meses para cumplir el año y librarse de la " L " Mi pregunta es : Se puede seguir llevando la " L " ??? sin problema ni pegas por parte de la Guardia Civil ??? P.S : En mi opinion sera mejor que siga llevando la " L " para que los demas conductores ande con precaucion cuando se encuentran detras de ella !!!! Jejejeje Gracias
    El R.G.Cir estipula que la señal V-13 Conductor novel indica que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad, esto quiere decir que no debe de ser usada por alguien que no reuna esos requisitos, saludos.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Hola de nuevo. Un amigo lleva un " pirulo azul " en su coche......... Si la GC lo descubre aunque no este enchufado que pasaria ???? Y si hay posible multa.....De cuanto se trataria ??? Gracias
    Este es un tema complicado, lo primero de todo decir que tu amigo puede tener problemas tanto si lo tiene encendido, como si no, aunque eso ya seria a criterio del agente, pero vamos, en principio el mayor problema vendria en el caso de que se estuviera haciendo uso del la señal V-1 y mas concretamente azul (uso exclusivo por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad), se le podria detener por un delito de usurpacion de funciones publicas definido en su articulo 402.66 El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
    Por ello lo mejor que puede hacer es dejarselo aparcado en casa. ¿Por cierto, para que necesita tu amigo llevar un prioritario?, saludos.-

    Cita Iniciado por bxx2597 Ver Mensaje
    Pues el dice que lo enchufa con la musica cuando va de botellon ?!?!? Se lo compro en una gasolinera (se parece mucho al rotativo que tiene las gruas) no creo que sera oficial. Tampoco entiendo mucho de eso........codi. Salu2
    El rotativo de las gruas es naranja, no azul.-

    Cita Iniciado por codi31 Ver Mensaje
    si tu amigo lleva un rotativo Azul, aunque no este enchufado, pueden decirte perfectamente, que para que lo llevas en el coche si no se va a usar, y como no hay respuesta que tenga una salida valida, puesto que los rotativos azules son solo para uso de cuerpos de seguridad del estado, pueden echarle una multa, y depende como sea ese rotativo, incluso puede agravarse mas el asunto, porque hay rotativos azules de esos tipo chinos, y rotativos azules oficiales. salu2
    Codi, el prioritario azul no es exclusivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, es exclusivo para todas las fuerzas y cuerpo de seguridad, entre las que se incluyen a los Mossos, Archancha, Foral y las policias locales, saludos.-

  2. Los Siguientes 2 Usuarios Agradecieron a navio por Este Mensaje:

    adrenalinao (31/01/2013), bxx2597 (27/03/2012)

  3. #132
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    Codi, el prioritario azul no es exclusivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, es exclusivo para todas las fuerzas y cuerpo de seguridad, entre las que se incluyen a los Mossos, ertzantza, Foral y las policias locales, saludos.-
    TDI POWER... :ganador::mrgreen::demonio:

  4. #133
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    Avatar de leoncitoTDI
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    buenas navio,....
    viendo el titulo del post haber si me podrias responder una duda que he pensado
    un coinductor circula a 200km/h por la autopista y le caza el rdar,pero nole paran,la multa llega a casa, o domocilio del propietario del coche,pero no era el conductor el,el tema es que imaginemos que el dueño del coche esta fallecido, luego la multa no se la puden encasquetar a el, bien no¿?
    pues si le obligan a identificar al conduxtor tampoco lo pude hacer ya que que esta fallecido,el el seguro no tinen ni idea de quien lleva el coche,lo digo por cortar cabos, ejeeej....
    unico conductor solo figura el dueño del coche.. resultado fial?¿¿?¿ quien se come la receta¿?¿?¿? que seria 6 puntos y 600e¿?¿?
    y si estaria vivo el dueño pero el ya no tine carnet de conducir¿?¿? seria un sancion administrativa no¿?¿
    saludos y gracias...
    Última edición por leoncitoTDI; 29/03/2012 a las 15:18
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  5. #134
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Codi, el prioritario azul no es exclusivo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, es exclusivo para todas las fuerzas y cuerpo de seguridad, entre las que se incluyen a los Mossos, Archancha, Foral y las policias locales, saludos.-
    ya, ya, con "cuerpos de seguridad del estado" me refería a todos (incluyendo a los mencionados por ti) pero quizás me explique mal, y debí argumentarlo mejor, me refería a todos, y ahora incluso con la nueva ley, puede llevar rotativo azul las ambulancias y camiones de bomberos (o combinando azul y rojo) en vez del rotativo naranja, para así equipararse al resto de Europa. salu2
    Dedicado a todos aquellos que decidieron conducir un mito, un Golf. A todos ellos decirles: SOMOS COJONUDOS !!

  6. #135
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    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Tarticulo 402.66 El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
    Se que la pregunta es obvia, pero de la ley ya me espero cualquier cosa... si trabajas con ellos y de vez en cuando has de transportar algun rotativo o puente suelto, en un coche normal y corriente (es decir, no con el de la empresa), no te podran decir nada no???

  7. #136
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    Cita Iniciado por FABIUS Ver Mensaje
    Se que la pregunta es obvia, pero de la ley ya me espero cualquier cosa... si trabajas con ellos y de vez en cuando has de transportar algun rotativo o puente suelto, en un coche normal y corriente (es decir, no con el de la empresa), no te podran decir nada no???
    En el criterio del agente es donde entra el sentido comun (si lo hay claro), evidentemente no es lo mismo transportar un rotativo en la guantera con enchufe del mechero listo para funcionar, una noche de sabado, que una caja de rotativos en el maletero un dia cualquiera. Saludos.-

  8. #137
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    Hola, esto va sobre estacionamientos, en el lugar dónde estudio hay varios vados privados en los que no figura la pegatina de revisión del 2012, la pregunta és, pueden sancionarte por estacionar en el lugar?
    y otra, en una esquina, al girar se ve la señal de giro de camiones, en dónde esta prohibido parar o estacionar, pero en la calle que continua hacia arriba (en el caso de no girar claro) hay aproximadamente 2 metros de línea amarilla pintada sobre el bordillo, es aplicable denuncia por estacionamiento en ese tramo? (a mi juicio no perjudica al giro del camión, a mi juicio claro)
    gracias y saludos!
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  9. #138
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    hola navio, tengo una pregunta acerca del seguro de un quad que tengo, el vehículo está con todos los papeles en regla, con intermitentes, placa de matricula, de 45, retrovisor, vamos creo que todo en regla, lo único que el seguro lo tengo a nombre de mi padre, ya que al hacerlo había mucha diferencia entre hacerlo a mi nombre o al de mi padre, el tío del seguro me dijo que no había ningún problema, y que si alguna vez pasaba algo y conducía yo, se pagaba la diferencia entre un seguro y otro y ya está.
    El quad lo conduzco yo, entonces me queda la duda de si algún día me paran me podrían multar por ir con el seguro a nombre de mi padre y no al mío, ya sabemos todos como está el tema con las motos de enduro, los quad, la ley de montes...etc.
    El vehículo lo uso de vez en cuando para darme un paseo como ocio, y no me gustaría que me cueste los cuartos, por eso quiero llevarlo todo correctamente.

    Un saludo y gracias de antemano.
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  10. #139
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    Buenas navio,

    esta es una duda que tenía desde hace tiempo pero ahora me ha tocado de cerca (un amigo íntimo). Si en autovía se te cruza un animal (perro) y tienes un accidente por su culpa, ¿se puede denunciar con esperanza de ganar a algún estamento para que se haga cargo de los gastos? Sé que cuando es ganado y tal sí, pero un chucho abandonado...

    Muchas gracias.

  11. #140
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    Cita Iniciado por manelhit Ver Mensaje
    Hola, esto va sobre estacionamientos, en el lugar dónde estudio hay varios vados privados en los que no figura la pegatina de revisión del 2012, la pregunta és, pueden sancionarte por estacionar en el lugar?
    y otra, en una esquina, al girar se ve la señal de giro de camiones, en dónde esta prohibido parar o estacionar, pero en la calle que continua hacia arriba (en el caso de no girar claro) hay aproximadamente 2 metros de línea amarilla pintada sobre el bordillo, es aplicable denuncia por estacionamiento en ese tramo? (a mi juicio no perjudica al giro del camión, a mi juicio claro)
    gracias y saludos!
    En principio si, ya que puede ser que no se haya actualizado la placa, pero se este al corriente de pago, por tanto si se requiere la presencia de un agente, este en principio se denuncia y se procederia a la retirada del vehiculo si fuera necesario y posteriormente se comprobaria la vigencia de dicha señalizacion y en caso de no estar vigente el denunciado no estaria como tal y no pagaria nada.
    Con el tema del aparcamiento, si hay una señal de prohibido parar y estacionar (R-307), esta afecta al total de la calle hasta que aparezca una de finalizacion de prohibicion de la misma. Saludos.-

    Cita Iniciado por passat & fr Ver Mensaje
    hola navio, tengo una pregunta acerca del seguro de un quad que tengo, el vehículo está con todos los papeles en regla, con intermitentes, placa de matricula, de 45, retrovisor, vamos creo que todo en regla, lo único que el seguro lo tengo a nombre de mi padre, ya que al hacerlo había mucha diferencia entre hacerlo a mi nombre o al de mi padre, el tío del seguro me dijo que no había ningún problema, y que si alguna vez pasaba algo y conducía yo, se pagaba la diferencia entre un seguro y otro y ya está.
    El quad lo conduzco yo, entonces me queda la duda de si algún día me paran me podrían multar por ir con el seguro a nombre de mi padre y no al mío, ya sabemos todos como está el tema con las motos de enduro, los quad, la ley de montes...etc.
    El vehículo lo uso de vez en cuando para darme un paseo como ocio, y no me gustaría que me cueste los cuartos, por eso quiero llevarlo todo correctamente.

    Un saludo y gracias de antemano.
    No te podrian denunciar bajo ningun concepto ya que el vehiculo se encuentra asegurado a todos los efectos, el problema radicaria en el caso de que tuvieras un no deseado siniestro, si llegado el caso el mismo fuese de relativa gravedad la aseguradora te podria poner en serios aprietos, maxime si hay lesionados de gravedad o fallecidos, por eso seria conveniente de que buscases un seguro alternativo con diversas compañias de bajo coste a tu nombre o al menos que estes incluido en la poliza como conductor menor de 25 años (si los tienes), prueba con Verti o Linea Directa tienen unas ofertas bastante interesantes actualmente, saludos.-

    Cita Iniciado por heresul Ver Mensaje
    Buenas navio,

    esta es una duda que tenía desde hace tiempo pero ahora me ha tocado de cerca (un amigo íntimo). Si en autovía se te cruza un animal (perro) y tienes un accidente por su culpa, ¿se puede denunciar con esperanza de ganar a algún estamento para que se haga cargo de los gastos? Sé que cuando es ganado y tal sí, pero un chucho abandonado...

    Muchas gracias.
    Si alguna vez tienes la desgracia de tener un percance con un animal de el tipo que sea es importante que en el momento llames a atestados de la GC o de la fuerza competente segun el tipo de via y-o CCAA, ya que el mismo es importante de cara a una posible reclamacion futura. Actualmente muchos de los equipos de trafico, tienen un aparato para leer microchip, dicho elemento es obligado en determinados animales como perros o caballos entre otros, en caso de que dicho animal lo llevara, la denuncia es primordial, que unida junto con el atestado es una prueba concluyente para exigir al propietario del animal la indemnizacion pertinente para exigir la responsabilidad civil o penal correspondiente por los daños causados, en caso de no tenerlo la denuncia ya carece de significado, aunque tampoco esta de mas ponerla por si sonara la flauta de alguna manera, saludos.-

  12. Los Siguientes 3 Usuarios Agradecieron a navio por Este Mensaje:

    adrenalinao (31/01/2013), manelhit (29/03/2012), passat & fr (29/03/2012)

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