Bien, entiendo del planteamiento de Diego que el hecho de que la prueba de ruidos se haga en las instalaciones de la itv, no quiere decir que sea requisito de la propia itv valenciana. Llegados a interpreptar las cosas desde un punto de vista "valenciano" el resultado seria este para ir sobre seguro y no pillarte los dedos:
- En mi comunidad tienes que tener la prueba de ruidos hecha y si pasas la itv con nosotros te la "regalo"
- Si te vas a hacer la itv a otro sitio, la prueba de ruidos no la tendras incluida y tendras que pasarla individualmente en un centro de la itv que esta dotado de esa maquinaria, de modo que con el suplemento que te toca pagar por la prueba individual a la proxima te "compensara" pasar la itv en la comunidad valenciana y no en otro sitio
Hasta ahi, creo que es el planteamiento que se estaba exponiendo. Ahora resulta que yo voy de fiesta a la KKO que esta en Alicante y me para un municipal. Revisa mi itv, ve que esta en orden pero... como la pase en Almeria que es mi ciudad de residencia no tengo la prueba de ruidos. ¿Puede multarme porque para circular y estar en regla en dicha comunidad la prueba de ruidos es requisito imprescindible? En tal caso, esto seria disparatado y esperpentico porque antes de ir a diferentes puntos del territorio nacional me tendre que informar si puedo o no ir en coche en funcion de las pruebas particulares que deba pasar para estar en regla.
Entiendo que esto jamas deberia de ser asi, pues seria un abuso para los empadronados en una determinada comunidad tener que a la fuerza pasar por unas normas y los que vienen de otra ir con pruebas mas livianas. Y viceversa.