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Tema: 260 euros de multa por no pasar la ITV en su comunidad autónoma (valencia)

  1. #21
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    Cita Iniciado por antonioj Ver Mensaje
    La gracia es que primero pagas rapido y luego para que te devuelvan al dinero es mas lento que el caballo del malo.Mientras tanto,le has prestado un dinero al 0% ya que no te dan nada por encima.Es decir,es una forma de conseguir dinero prestado gratis,sin contar el tiempo malgastado.

    La segunda gracia es que algunos incautos,pagan,se olvidan y la recaudacion queda ahi,siendo ilegal.

    Es como si dicen que en madrid o cataluña el chaleco reflectante ha de ser naranja con franjas amarillas y ponerte un gorro de colorines........................
    Del 0% es si tú quieres, a la hora de recurrir si solicitas la devolución de 100€ y te dan la razón te devolverán esos 100€, pero si solicitas la devolución de 100€ más los intereses que esa cantidad hubiesen rendido te los tendrán que dar si te dan la razón.

    Te lo digo porque a mí me ha pasado que por error de hacienda (y en parte mío) tuve que pagar en la declaración de 2009 cuando me tenian que haber devuelto; dicho fallo vuelva a aparecer en 2010 y recurro la devolución de la de 2010, la de 2009 y de los intereses de ambas y así lo hicieron sin problemas.

    Es importante especificar muy claramente todo lo que se solicita a la hora de reclamar porque nunca te van a conceder más de lo que se solicita pero sí menos si no procede tal parte de la solicitud.

    Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
    Vamos que si es recurrible, como que si me llega a ocurrir a mi, denuncio al agente por prevaricacion, que es a groso modo "realizar un acto o dictar una resolucion a sabiendas de su ilegalidad"
    Yo no veo prevaricación por ningún lado, el agente aplica una ley vigente de esa comunidad, no tiene porqué cuestionarse su legalidad. Si la comunidad autónoma tiene competencias en la materia será legal todo lo que apruebe.

    Además que está todo esto como siempre tergiversado, no se multa por pasar la itv fuera del territorio comunitario, si no por no pasar una prueba de ruidos que ha añadido esa comunidad a la itv. En el primer mensaje se cita claramente que quien haya pasado la prueba fuera del territorio debe pasar la prueba de ruidos (exclusivamente esa prueba) en una estación de la comunidad valenciana.

    Otra cosa es la desproporción de la multa que sí que debería recurrirse y el claro afan de la norma de que no se escapen euros de la caja.
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  2. #22
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    Esto es el follon de las competencias. Si las normas de las ITV las dicta industría, cualquier modificacion por parte de una autonomía de una de esas normas no puede ser legal. Lo que tienen cedido si no me equivoco es la explotación de las misma. No se puede sacar la Comunidad Valenciana una regla nueva porque si porque eso es competencia del Ministerio de Industria.

    Otra cosa es que ese vehiculo haga mucho ruido segun un Agente y le mande pasar una prueba de ruidos. Que quien sabe si es eso lo que pasó, por que los medios de comunicacion muchas veces cuentan las cosas como quieren.
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  3. #23
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    pero si fuera por ruido no meterian esa multA digo yo??, tambien es cierto que vete a saber que entendieron o quisieron entender los periodistas en cuestion.
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  4. #24
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    Yo no veo prevaricación por ningún lado, el agente aplica una ley vigente de esa comunidad, no tiene porqué cuestionarse su legalidad. Si la comunidad autónoma tiene competencias en la materia será legal todo lo que apruebe.

    Además que está todo esto como siempre tergiversado, no se multa por pasar la itv fuera del territorio comunitario, si no por no pasar una prueba de ruidos que ha añadido esa comunidad a la itv. En el primer mensaje se cita claramente que quien haya pasado la prueba fuera del territorio debe pasar la prueba de ruidos (exclusivamente esa prueba) en una estación de la comunidad valenciana.

    Otra cosa es la desproporción de la multa que sí que debería recurrirse y el claro afan de la norma de que no se escapen euros de la caja.
    Mira aqui se esta cometiendo prevaricacion clara en la administracion valenciana y una falta de conocimiento (o prevaricacion, habria que investigarlo) por parte del agente que no sabe que una ley de ambito nacional nunca puede ser modificada por un decreto autonomico y me explico.
    En tema de trafico se dicto por el gobierno la ley 18/89 de seguridad vial, la cual fue desarrollada mediante reglamentos y mas concretamente en el tema que nos coscierne se creo el Reglamento 2822/98 General de Vehículos, que entre otras cosas dice como y cuando se debe de pasar una ITV a nivel nacional; a su vez fue desarrollado un manual de procedimiento a nivel nacional desarrollado por el Ministerio de Industria aplicable a la totalidad de las ITV españolas.

    Luego aparece un decreto, concretamente el 19/2004 de la Generalitat Valenciana, por el que se establecen normas para el control del ruido producido por los vehículos a motor, el cual modifica la Ley 7/2002, de 3 de diciembre de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica y que discrimina e intenta modificar lo ordenado en un Real decreto, algo que es totalmente ilegal juridicamente hablando, ya que en ningun momento una ley autonomica, puede modificar una ley estatal en vigor, por ello y en base a una discriminacion clara, en la que se intenta imponer que todos los vehiculos empadronados en la Comunidad Valenciana pasen obligatoriamente todas las revisiones en la Comunidad Valenciana, esta ley debe de ser abolida ya sea en las cortes generales o en el Tribunal Supremo.
    Otra cosa seria que se creara esta ley de control, que me parece perfecto y se denuncia a los vehiculos que emitan un nivel de ruido superior al establecido, seria entendible, pero claro todo debidamente contrastado con pruebas realizadas con un sonometro homologados, ahora bien lo que no se puede tolerar es que se denuncie por el hecho de haber pasado una ITV en una Comunidad Autonoma distinta a la empadronada.
    Un saludo.

  5. #25
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    Todo eso me parece perfecto, lo que critico de lo que comentaste anteriormente es qué tiene que ver el agente, mientras esté la ley en vigor estará cumpliendo con su trabajo, que me digas que la administración autonómica prevarique te doy toda la razón, pero el agente hace lo que le dicen, es un "mandao" a mi modo de ver.
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  6. #26
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    Todo eso me parece perfecto, lo que critico de lo que comentaste anteriormente es qué tiene que ver el agente, mientras esté la ley en vigor estará cumpliendo con su trabajo, que me digas que la administración autonómica prevarique te doy toda la razón, pero el agente hace lo que le dicen, es un "mandao" a mi modo de ver.
    El agente o no sabe o no quiere saber, pero un decreto autonomico jamas puede contradecir a un Real Decreto Nacional. Un saludo.

  7. #27
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    Otra cosa seria que se creara esta ley de control, que me parece perfecto y se denuncia a los vehiculos que emitan un nivel de ruido superior al establecido, seria entendible, pero claro todo debidamente contrastado con pruebas realizadas con un sonometro homologados, ahora bien lo que no se puede tolerar es que se denuncie por el hecho de haber pasado una ITV en una Comunidad Autonoma distinta a la empadronada.
    Un saludo.
    Esto que acabas de citar no es cierto, en el post inicial indica claramente la posibilidad de pasar la ITV en otra comunidad pero en el plazo de un mes tiene que pasar la prueba de ruidos en una ITV valenciana.

    Cito textualmente lo que pone: a ley establece que "tras el plazo de adaptación de las estaciones I.T.V., si uno de los vehículos sujetos al presente Decreto se sometiera a inspección técnica en una estación I.T.V. fuera de la Comunidad Valenciana, deberá someterse en el plazo de un mes a la comprobación de los niveles de emisión sonora en una estación radicada en la Comunidad Valenciana".

    Yo creo que está bastante claro que se puede pasar la ITV fuera de la comunidad valenciana.

    No sé exactamente la formulación de la denuncia por parte del agente, pero si ha puesto que no ha pasado la ITV en la comunidad valenciana a mi modo de ver lo ha hecho mal, el verdadero motivo debería haber sido no haber pasado la inspección de ruidos impuesta por la comunidad autónoma.

    Coincido contigo y quiero dejar ya esto que parece que estamos enfrentados, que aunque me parece bien que se haga una prueba de ruidos y me gustaría que lo pusieran a nivel nacional, es una autentica cacicada aparte de su legalidad o no lo que ha hecho la comunidad valenciana.
    Pero insisto en que el tema está distorsionado por la poca información que hay expuesta, parece que no se obliga a pasar la ITV dentro de la comunidad pero sí se obliga a pasar la prueba de ruidos; lo que seguramente hace que se esté casi obligado a pasarla dentro.

    No obstante vuelvo a repetir que me parece una chapuza en toda regla a la par que ilegal lo que ocurre.
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  8. #28
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    Esto que acabas de citar no es cierto, en el post inicial indica claramente la posibilidad de pasar la ITV en otra comunidad pero en el plazo de un mes tiene que pasar la prueba de ruidos en una ITV valenciana.

    Cito textualmente lo que pone: a ley establece que "tras el plazo de adaptación de las estaciones I.T.V., si uno de los vehículos sujetos al presente Decreto se sometiera a inspección técnica en una estación I.T.V. fuera de la Comunidad Valenciana, deberá someterse en el plazo de un mes a la comprobación de los niveles de emisión sonora en una estación radicada en la Comunidad Valenciana".

    Yo creo que está bastante claro que se puede pasar la ITV fuera de la comunidad valenciana.

    No sé exactamente la formulación de la denuncia por parte del agente, pero si ha puesto que no ha pasado la ITV en la comunidad valenciana a mi modo de ver lo ha hecho mal, el verdadero motivo debería haber sido no haber pasado la inspección de ruidos impuesta por la comunidad autónoma.

    Coincido contigo y quiero dejar ya esto que parece que estamos enfrentados, que aunque me parece bien que se haga una prueba de ruidos y me gustaría que lo pusieran a nivel nacional, es una autentica cacicada aparte de su legalidad o no lo que ha hecho la comunidad valenciana.
    Pero insisto en que el tema está distorsionado por la poca información que hay expuesta, parece que no se obliga a pasar la ITV dentro de la comunidad pero sí se obliga a pasar la prueba de ruidos; lo que seguramente hace que se esté casi obligado a pasarla dentro.

    No obstante vuelvo a repetir que me parece una chapuza en toda regla a la par que ilegal lo que ocurre.
    No estoy de acuerdo, se por donde vas, pero no estoy de acuerdo. Una comunidad autonoma no te puede obligar de mutua voluntad a pagar por realizar una prueba ajena de lo exigido a nivel nacional por un Real decreto, en el plazo de un mes de haber pasado la ITV en otra comunidad autonoma; otra cosa muy distinta es que en un punto de verificacion establecido legalmente se compruebe mediante sonometro homologado que ese vehiculo va dentro de los parametros legales establecidos mediante tabla aprobada por Medio ambiente. Comprendes lo que te quiero hacer ver?. Un saludo.

  9. #29
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    El agente o no sabe o no quiere saber, pero un decreto autonomico jamas puede contradecir a un Real Decreto Nacional. Un saludo.
    Creo que jurídicamente estarán bien asesorados estos de la comunidad valenciana para no pillarse los dedos y sabes que en materia jurídica los matices son muy importantes y no todo es blanco o negro también hay grises, puede ser que la comunidad establezca una prueba de ruidos y utilice a las estaciones de ITV para realizarlas para comodidad de los ciudadanos y no tener que desplazarse a dos centros diferentes; y sin ninguna implicación con las normas de procedimiento nacionales de la ITV.

    Aunque habría que saber si pasa todas las pruebas excepto la de ruidos si se pasa la ITV o no. Aunque me temo que no, ya buscarán alguna argucia legal para justificarlo.
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  10. #30
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    No estoy de acuerdo, se por donde vas, pero no estoy de acuerdo. Una comunidad autonoma no te puede obligar de mutua voluntad a pagar por realizar una prueba ajena de lo exigido a nivel nacional por un Real decreto, en el plazo de un mes de haber pasado la ITV en otra comunidad autonoma; otra cosa muy distinta es que en un punto de verificacion establecido legalmente se compruebe mediante sonometro homologado que ese vehiculo va dentro de los parametros legales establecidos mediante tabla aprobada por Medio ambiente. Comprendes lo que te quiero hacer ver?. Un saludo.
    Si estamos de acuerdo en todo, pero creo que la ITV solo es el medio para hacer cumplir la norma autonómica sin ninguna implicación con la ley de procedimiento de inspección de vehículos y la comunidad en vez de utilizar instalaciones, medios y personal propios para realizar las pruebas da la concesión a las estaciones de ITV. Seguramente si lo hubiese hecho de otra manera creando estaciones comunitarias de control de ruidos con medios y personal puestos por la comunidad esta discusión no tendría sentido.

    De todas formas, esto de la discriminación en materia legal entre comunidades es bastante habitual.
    Última edición por jdaguilar; 06/06/2011 a las 22:20
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