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Tema: Tú pones la duda, nosotros la resolvemos

  1. #31
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    Por el tema del taller, lo principal es que estén debidamente legalizados en industria con el número de registro industrial. Luego hay otro número (el número de registro especial RTA) que ese no lo tienen todos ni tampoco es obligatorio tenerlo. En cuanto a las ramas del taller, evidentemente un taller de "sólo neumáticos" no debería poder hacer la instalación de un sistema de freno. Un taller debidamente legalizado en la rama mecánica sería suficiente, y efectivamente, ese símbolo de la llave inglesa significa rama mecánica. Factura para nosotros no es necesaria, tan sólo una serie de datos del taller que aparecen en nuestra hoja de pedido.

    Te mando un mp con precio y con el procedimiento. Un saludo
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  2. #32
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    Muchas gracias! estare al tanto del MP!
    Un saludo!!

  3. #33
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    Buenas de nuevo,

    Hoy dia que te piden para homologar un kit radiador aceite y una estabilizadora trasera? Si ya de paso entra en el pack una dv forge...

    Y homologar un cambio de 5v a 6v?

    Todo esto me ha pasado ITV ya,pero si algun dia me da por dejarlo "todo" legal...

    SaludoS Y GRACIAS!

  4. #34
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    El radiador de aceite no está considerado como reforma, la estabilizadora es reforma de suspensión y por tanto se ha de legalizar. La dv será "discharge valve" o válvula de descarga, que eso siempre ha sido un problema, porque es una modificación del turbo, que siempre han puesto pegas porque realmente no saben si no considerarlo reforma o si es una modificación en toda regla del turbo. Lo mejor para ésto es que sea discreta y no se note y no se den cuenta. Y homologar la caja de cambios en principio sí es factible, y si hay una versión de tu coche con 5 velocidades y otra con 6, más "fácil" aún. Un saludo
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  5. #35
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    El radiador de aceite no está considerado como reforma, la estabilizadora es reforma de suspensión y por tanto se ha de legalizar. La dv será "discharge valve" o válvula de descarga, que eso siempre ha sido un problema, porque es una modificación del turbo, que siempre han puesto pegas porque realmente no saben si no considerarlo reforma o si es una modificación en toda regla del turbo. Lo mejor para ésto es que sea discreta y no se note y no se den cuenta. Y homologar la caja de cambios en principio sí es factible, y si hay una versión de tu coche con 5 velocidades y otra con 6, más "fácil" aún. Un saludo
    Ok.

    La DV si es eso,pero llebo la tipica 007p de forge,igual que la oem pero plateada (exteriormente). Se de gente que la metio en ficha,pero yo la llebo hace años y en ninguna ITV me han dicho nada. Asi que no se si mereceria la pena meterla en ficha o no.

    El radiador no se considera reforma,entonces no se puede meter en ficha o no es necesario?

    Que coste tendria lo de la estabilizadora trasera? Es una neuspeed regulable de 25mm. Roja.

    Y si,tengo un Golf IV GTI 150cv 5v,pero sacaron el GTI 180cv 6v (25 aniversario). Que tendria que hacer entonces?

    Gracias de nuevo.

  6. #36
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    Por el tema de la DV, si es sustitución de la que llevaba originalmente el vehículo, y no se nota, mejor que siga sin hacerse notar. El radiador de aceite no es reforma, y por tanto no se puede meter en ficha, sólo se puede meter en ficha técnica lo que sea reforma. El coste de la estabilizadora y del tema de la caja de cambios de mando un mp. En principio no le vemos problemas. Un saludo
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  7. #37
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    Por el tema de la DV, si es sustitución de la que llevaba originalmente el vehículo, y no se nota, mejor que siga sin hacerse notar. El radiador de aceite no es reforma, y por tanto no se puede meter en ficha, sólo se puede meter en ficha técnica lo que sea reforma. El coste de la estabilizadora y del tema de la caja de cambios de mando un mp. En principio no le vemos problemas. Un saludo
    Ok muchas gracias. Ya comentamos por MP

  8. #38
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    Buenos dias, tengo una consulta acerca de unas llantas para una sharan del 2002, en la ficha tecnica me figura 215/55/16 95H pero me acepta tambien 195/55/16 y 205/55/16 en estas dos medidas no existen neumaticos con codigo de carga 95, ya que las 205/55/16 son 91 y en reforzado 94, en un 206 que tuve anteriormente de serie montaba 195/55/15 85H y pase la itv sin problemas con unas 195/50/15 82v. Mi duda es si puedo montar cualquier equivalencia de neumatico con el codigo de carga igual o superior a 95 o por el contrario puedo montar alguno inferior, ya que queria montarle unas llantas 225/45/17 que son 91 y en reforzado 94 y no se si serian legales o no siempre que cumplan el resto de condiciones de ancho de vias, sobresalir del vehiculo y no interferir con nada.

    un saludo!

  9. #39
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    Creo que ya lo hemos puesto otras veces, pero para que las ruedas se consideren equivalentes, se han de cumplir TODOS los siguentes puntos:

    * diferencia de diámetros exteriores no superior al 3%

    * índices de carga y velocidad iguales o superiores a los de serie

    * ancho de llantas y ancho de neumáticos compatibles


    Si falla alguno de éstos (como dices tú índices de carga inferiores) pues ya no son equivalentes y ya hay que homologar. Si en ficha técnica te aparecen las medidas de 195/55/16 y 205/55/16, se deben montar con los índices de carga y velocidad que aparezcan para esas medidas o iguales o superiores a los de serie, que en tu caso son 95H. Para montar índice de carga 91, habrá que ver si es posible o no según las MMA del vehículo por ejes que aparecen en la ficha técnica, y nosotros te confirmaríamos si es posible montar las 225/45R17 91, que ya no sería equivalente por no cumplir uno de los criterios y tendría que legalizarse. Un saludo
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  10. #40
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    ok, lo miro en la documentacion y te lo pongo en un momentin, otra opcion de gomas era 235/45/17 94 , los codigos de velocidad para estos neumaticos siempre son superiores al H por eso no los he puesto.

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