Cita Iniciado por sevi Ver Mensaje
Si el vehiculo no puede circular por no tener ITV, seguro, permiso de circulacion o cualquier cosa similar o porque el conductor no tenga carnet, conduzca ebrio, etc, dicho vehiculo es responsable del accidente ya que no deberia estar en esa situacion. Ya he visto varios casos de este tipo y siempre acaban igual, el que no estaba legal acaba haciendose cargo de todo porque si no esta legal no puede circular y si no puedes circular no puedes tener un accidente y por lo tanto si le tienes es tu culpa.
Hola sevi, no necesariamente un vehículo que circula si seguro tiene que convertirse en culpable del accidente.

Si ese vehículo tiene responsabilidad en el accidente por saltarse un STOP, por ejemplo, deberá hacerse cargo de los daños y lesiones que produzca, al no tener seguro se hará cargo en un principio el Consorcio de Compensación de Seguros, después le reclamarán las indemnizaciones que hayan tenido que abonar, a parte de la sanción administrativa correspondiente.

Pero si ese mismo vehículo no tiene responsabilidad en el accidente, porque es el otro vehículo el que se salta el STOP y colisiona, pues sólo tendría que hacer frente a la responsabilidad administrativa.

Otra cosa es que circula sin ITV y se demuestre que el accidente se produjo por un fallo mecánico del vehículo que si hubiera pasado la ITV se hubiera corregido, pero habría mucho que hablar...

En el caso de que circulara borracho o sin carnet, se tendría que hacer cargo igualmente del tanto por ciento de la culpa que el juzgado determinara (normalmente en los accidentes de circulación no existen las culpas al 100%, normalmente...), y ahí se tendrían en cuenta muchos factores, como la influencia que hubiera podido tener la bebida en las reacciones del conductor, etc.

Pero en este último caso, y aún contando con seguro, todas las compañías de seguros hacen constar expresamente en la póliza que en caso de ser el responsable del accidente un conductor que circula sin carnet o bebido o drogado, la compañía se hará cargo en un primer momento de las indemnizaciones, pero después se las reclamará al conductor, y en caso de tener el seguro a todo riesgo, tampoco se haría cargo de los daños propios, lo que se viene a llamar el derecho a repetición.

Perdón por el tocho y salu2