Faltan todavía Mercedes, Bmw, Peugeot...
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Es de traca el cinismo de la compañía:
El gigante alemán del automóvil insistió en que considera que los consumidores franceses "no sufrieron ningún perjuicio" susceptible de ser indemnizado al comprar un vehículo Volkswagen.
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Supongo que será lo que toca decir en estos casos, pero no deja de ser en cierto modo contradictorio que digan eso pero justo después digan que ya han pagado la multa correspondiente a Francia en el juicio celebrado en Alemania...
En fin, cosas de los servicios jurídicos.
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Nosotros somos seres racionales, de los que toman las raciones en los bares.
Je je je... eso mismo pense yo, textual, la traducción es: TE JODES
MI GALERÍA > Sólo usuarios registrados pueden ver links. Por favor, regístrate en el foro haciendo click AQUI.
- Cola de escape y estriberas Seat Sport
- Pedales Cupra
- Apoyabrazos
- Rejilla nido de abeja
- Molduras frontal y portón cromadas
La verdad es que no entiendo , como aun hay gente dandole vueltas a todo este asunto .....
Y si los de la Ocu y similares estan para eso , para sacarnos el dinero , como todos.
SKODA OCTAVIA RS TDI 9/2008
Siempre te recordare ......
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No se formalizará en nada que ayude pero:
El Tribunal Supremo ha acordado que Volkswagen Audi España, filial del grupo automovilístico, indemnice por daños morales a un afectado por la manipulación de los motores diésel de la familia EA 189, el caso 'Sólo usuarios registrados pueden ver links. Por favor, regístrate en el foro haciendo click AQUI.', al entender que la distribuidora asume en España la responsabilidad de su matriz.
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No sé porqué, pero me ha venido a la memoria aquello tan entrañable de: Chufla, chufla, que como no te apartes tú...
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A ver en qué se traduce.
Ya lo dice bien el dicho ese Sólo usuarios registrados pueden ver links. Por favor, regístrate en el foro haciendo click AQUI.. Presenté la denuncia a través de una organización de consumidores, y luego, ante la posibilidad de que el caso fuera Sólo usuarios registrados pueden ver links. Por favor, regístrate en el foro haciendo click AQUI. me dieron la opción de trasladar la denuncia a Alemania, pasando por dos bufetes de abogados. Está claro que la acerté, pero el proceso es largo. Esto me informan hoy:
Estimadas señoras y señores,
hay algunas noticias.
Un tribunal administrativo alemán (Verwaltungsgericht Schleswig - 3 A 113/18) dictaminó el 20.02.2023 en primera instancia que la ventana térmica del coche ofrecida como actualización de software tampoco es legal. Esta es una conclusión muy útil para nuestro litigio, ya que significaba que VW no podía mejorar legalmente el vehículo mediante la actualización del software. Además, el 21.03.2023, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (C-100/21) dictaminó que los fabricantes también son responsables ante los consumidores por negligencia, lo cual es una conclusión muy positiva. Además, el certificado de conformidad, que reciben todos los compradores de coches nuevos, daría al fabricante la garantía ante el consumidor de que el vehículo también cumple los requisitos legales.
Esperamos que estas decisiones nos ayuden en nuestros procedimientos. La próxima vista de los casos contra Audi AG tendrá lugar en Ingolstadt a finales de junio. Aún no se han fijado audiencias en los procedimientos contra Volkswagen AG. El juez alemán del Tribunal Regional de Ingolstadt deberá decidir ahora si la jurisprudencia del más alto tribunal español (Tribunal Supremo) puede interpretarse también en el sentido de que las reclamaciones por desistimiento contractual pueden hacerse valer directamente contra el fabricante, que no forma parte del contrato de compraventa. Esperamos que esto se decida en un sentido positivo, especialmente después de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Me gustaría recordarles que las reclamaciones se refieren a la devolución del precio de compra a cambio de una compensación por uso por kilómetro recorrido. Por lo tanto, si ganáramos, el vehículo tendría que ser devuelto a un concesionario VW o Audi en España. Sin embargo, es de suponer que en este caso VW o Audi harán una oferta de acuerdo para que el vehículo pueda ser conservado y que se pague una suma de compensación.
Hubo algunas preguntas sobre la última comunicación en relación con el cálculo del periodo de cuatro años. Este empieza con la compra y entrega del vehículo y termina con la presentación de la reclamación ante el tribunal. Sin embargo, si se afirma una reclamación en virtud de la ley de garantía contractual (véase más arriba), entonces el periodo de cuatro años ya no tendrá importancia.
Como puede ver, lamentablemente todavía no hay nada claro desde el punto de vista jurídico. Tampoco es nada fácil explicar las distintas reclamaciones que debe examinar el tribunal de forma que sean comprensibles incluso para un no jurista. Algunos de los documentos pertinentes del caso tienen más de 100 páginas.
Espero que en este procedimientos no se llegue a una sentencia, sino a un acuerdo. En este contexto, sin embargo, me gustaría recordarles que un posible acuerdo también está sujeto al consentimiento del financiador del litigio ("Profin").
Así pues, las próximas noticias sobre este asunto se esperan para julio. Me pondré en contacto con usted a más tardar en esa fecha.
Lamento no poder darles ninguna información más concreta por el momento. Habrá que esperar a las fechas y decisiones de los jueces alemanes con respecto de la jurisprudencia más reciente.
Si entretanto venden su vehículo, cosa que todavía pueden hacer, les rogamos que nos lo comuniquen y nos envíen una copia del contrato de compraventa con el kilometraje. En nuestra opinión, esto no afectará a su reclamación, con la excepción de que el precio de compra se deducirá del importe de los daños y perjuicios.
Le ruego que comprendan que, lamentablemente, no podemos influir en la duración del procedimientos y esperamos que lleguen a un final positivo lo antes posible.
Última edición por Sebasbcn; 03/04/2023 a las 16:53
jeopardize (03/04/2023), NinjaiWolf (05/04/2023)