Grande Navio! Se nota que lo tuyo es vocacional y no lo haces por presumir de placa o uniforme! Gente como tú hacéis grande al cuerpo!
El problema de las ordenanzas municipales, es que hay tantas, como ayuntamientos con competencias en trafico adquiridas, con plazos propios en la mayoria de ellos, por tanto te encuentras casos que especifica que un vehiculo no puede estar mas de 24 horas inmovil, otros de 48, 72... Todo sea por que no haya una postura comun.-
Como bien te han dicho Fix y Michael, a fecha de hoy no te van a cobrar la multa a traves de nuestra Agencia Tributaria, la unica forma que tienen de cobrartela, es a traves de tu tarjeta de credito o bien obligandote en persona la proxima vez que te identifiquen en un control de trafico y no haya prescrito dicha sancion.
La segunda pregunta no la logro comprender.
Un saludo.-
Gracias por tus palabras Rentre, sabes que lo hago con todo el gusto del mundo, para mi ayudar a las personas es algo que considero basico en mi quehacer diario, ya sea dentro del trabajo y lejos del mismo.
Suerte y un saludo.-
Grande Navio! Se nota que lo tuyo es vocacional y no lo haces por presumir de placa o uniforme! Gente como tú hacéis grande al cuerpo!
Nosotros somos seres racionales, de los que toman las raciones en los bares.
navio (21/07/2013)
Hola la segunda pregunta es mas por curiosidad que otra cosa, en Roma me multaron con un coche alquilado y fue por entrar en una zona restringida sin autorización digamos que un casco antiguo , yo pregunto si hubiera ido con mi coche matricula de españa y me hubieran multado por algo, la tengo que pagar insitu o si es de parking se lo lleva la grúa ..
SAludos
PASSAT 3BG HIGLINE, 1.9 TDI 130CV AVF ( 200cv ) :
Desconozco la legislacion italiana, pero imagino que en el tema de pago de sanciones sera similar a la española, es decir si cometes una infraccion del tipo que sea y te interceptan siendo extranjero, imagino que tendras que abonarla in-situ. Si no, te envian la sancion a España, gracias a los convenios de colaboracion entre estados de la UE que facilitan domicilios de los infractores, pero sin posibilidad de obligarte a pagar dichas sanciones, ya que al no haber una hacienda comun, el estado español a dia de hoy no te puede embargar el dinero de tu cuenta.
Repecto al tema de la grua, supongo que es como aqui, siendo extranjero, si quieres retirar el coche tendras que pagar la grua y la sancion, en vez de solo la grua.-
Una duda los radares fijos en carreteras ,los que están en los laterales de las autovias de 120 km/h a cuanto saltan ?? Ley un artículo del ex ditrector de la DGT que saltaban a 135 km/h . Que opiNas!?.. Gracias
Hola Navio. Tengo pensado comprarme una furgoneta y camperizarla, pero tengo mil dudas acerca de cómo hacerlo de forma legal y segura, y por más que leo y releo no me aclaro. Mi intención era fabricarme yo mismo la equipación (un mueble , una colchoneta y poco más) y sujetarlo todo a algún soporte que ya exista sin atornillarlo para no tener que homologarlo. Es decir, que lo que lleve sea carga y no mobiliario. Es legal? Se puede hacer en una furgoneta turismo (1000) o esto solo se puede hacer en los vehículos comerciales?
En caso de que no se pueda me surgen más dudas pero no sé si entran dentro de tu ámbito. Tendría que homologar con proyecto de dirección de obra de un ingeniero? Se pueden homologar unos muebles caseros?
Más cosas, qué diferencias hay entre vehículos clasificados como 1000, 3100, 3148, 2448, etc? Según tengo entendido el sufijo 48 se refiere a vehículo vivienda, pero todavía no me queda claro cada cuánto tiempo pasan la ITV o los límites de velocidad. Existe la clasificación 1048?
Buff! Cuántas dudas! Si me resuelves la mitad eres un semidiós!
Nosotros somos seres racionales, de los que toman las raciones en los bares.
Una compañera de trabajo ha comprado un vehículo de segunda mano que previamente pertenecía a un renting (tiene 1 año de antigüedad). Siendo un vehículo de renting está obligado a pasar la ITV cada dos años. Sin embargo, al venderse a un particular ¿sigue estando obligada a pasar la ITV cada 2 años? ¿Se puede pasar a "turismo normal de particular" para que las ITV sean las normales (4, 2, 2, 2, 1, 1, 1, .... años)?
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Saludos navio.
Gracias por esta buena iniciativa. Queria preguntarte una cosa:
- Durante estos dias, estoy moviendome con el coche de mi padre (fallecido el 31 de Mayo). A efectos de vehiculo, esta a nombre de su hermana (descuentos concedidos por minusvalia) pero el seguro esta a nombre de mi padre como conductor habitual el tambien. Yo estoy moviendo el coche durante estos dias y, aunque esta al corriente de pago, tanto el impuesto de circulacion por parte de mi tia hasta Junio de 2014 y del seguro por parte de mi padre hasta Marzo de 2014, habria algun problema en seguir moviendome con ese coche, teniendo en cuenta la situacion de las titularidades y que con tanta banca electronica, no poseo los recibos de pago del ayuntamiento ni de la aseguradora (por domiciliaciones, claro esta) ??
Muchas gracias de antemano.
Teniendo todo en regla y si tu no estás por edad o antigüedad como conductor en una escala de "peligrosidad" para la aseguradora, no veo por qué no puedes circular con el Passat.
El titular de mi Octavia no soy yo. El titular del seguro tampoco soy yo. Pero no hay ningún problema legal al no ser conductor novel o con pocos años de carné.
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