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Tema: Multa de regreso al futuro

  1. #1
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    Predeterminado Multa de regreso al futuro

    A ver si algún experto en Multas lee mi mensaje y me echa una mano porque estoy bastante preocupado porque se aproxima la fecha de regreso al Futuro con mi coche y no sé si me van a hacer pagar una multa que ya pagué en el pasado.


    Es difícil de explicar y todavía es más difícil de creer pero, ¡es que tengo el coche de regreso al futuro!...y tengo pruebas!


    Bueno, el tema es que yo estaba de regreso al futuro con mi coche, cuando un Radar de la DGT me cazó... el problema es que yo en ese momento todavía estaba en el pasado, concretamente en 2005, aunque de regreso al futuro, como he dicho, pero sin haber llegado al futuro... a día de hoy todavía me faltan unos meses para llegar del todo al futuro... será en Mayo de 2023.

    El caso es, que estando en el pasado me mandaron la multa, y cuando vi la foto del Radar, simplemente le dije a la DGT, por tres veces: no hay problema, la multa la pago cuando llegue al futuro... pero la DGT insistió, por tres veces, que la multa la tenía que pagar en el pasado, cosa que me pareció, todo hay que decirlo, ¡abuso de poder por su parte! Al final se agotaron los recursos y solo me quedaba la vía contencioso administrativa, con lo cual, decidí pagar y callar.



    Hay varias cosas curiosas en la Foto:

    - apenas se aprecia la silueta de mi coche pero, eso sí, la matrícula está más brillante que el sol: no sé, pero sospecho que en la DGT usan photoshop
    - se ven los datos: Radar, carretera, velocidad...
    - y la fecha; 28.05.23 !! ...en la hoja adjunta se ve la Fecha de verificación del Radar 18-04-2005 Caducidad 17-04-2006



    Ya sé que aunque aporto está prueba irrefutable de que tengo el coche de regreso al futuro, muchos encontrareis una explicación fácil a todo esto: que si el guardia ponemultas se había tomado dos copazos de Soberano para desayunar y ya no atinaba a poner la fecha correcta en la cámara del Radar o que simplemente era tan inepto que no sabía ni poner la fecha correcta a una cámara de fotos...bla...bla...


    Podréis pensar lo que queráis, pero el caso es que cuando termine mi regreso al futuro el 28.05.23, mucho me temo que me van enviar esa multa, pero tengo un AS guardado en la manga: la voy a recurrir alegando que el cuerpo del delito ya no existe porque "ese coche cansado de hacer kms se desguazó en el pasado... en 2019"... [prometo informar de cómo va el tema... no como otros que abren un hilo contando sus penas y luego nunca más se supo e, incluso, cuando se les da una serie de posibles soluciones]

    Solo añadir, que los americanos hicieron tres peliculas de "Regreso al Futuro" con un único coche... pero en España, al menos ese día de 2005, el guardia ponemultas de turno, debió certificar e inmortalizar con su cámara-radar unos cuántos coches de regreso al Futuro!... como siempre, ¡la realidad supera la ficción!

    Un saludo

    PD Ayer, revolviendo en los papeles del pasado me encontré esta multa y me dije: cuidado con lo que hagas en el pasado no vaya a ser que lo pagues de regreso al futuro.

    Edito: doy por hecho que tiene que haber más gente en este país con una multa similar.
    Última edición por J&M&F; 25/08/2023 a las 12:42 Razón: Foto radar...ya es cosa del pasado

  2. #2
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    Hola

    Yo no entiendo nada, pero como vas a pagar la multa si te la ponen con fecha 28-5-23??? Y luego la revision del radar esta mas que caducada. Guarda todas las reclamaciones con su fecha, yo iria a la via contencioso administrativa agotados todos los recursos, no le des la opourtunidad que se salgan con la suya.

    Hace muchisimos años me pusieron una sancion tambien a mi 2 o 3 años en el futuro...Esto se conoce como defecto de forma, reclame y no la pague.

    Estare por aqui, saludos!!
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  3. El Siguiente Usuario Agradeció a elsegura Por Este Mensaje:

    J&M&F (22/01/2023)

  4. #3
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    Hola... pensaba que yo era el único al que le había pasado.

    Fue en 2005 cuando me pusieron la Multa, pedí la foto y el certificado del Radar... y me mandaron esa foto y, como se ve, la fecha que aparece es el 28 de Mayo de 2023.

    Recurrí alegando, efectivamente, defecto de forma... y como el que oye llover: me contestaban con varios folios hablando del articulo tal, artículo pascual de la Ley de Tráfico ... y creo recordar que se podía hacer un segunda alegación y, al final, se podía hacer un recurso (de reposición, he visto ahora cómo se llama)... siempre me contestaron con varios folios hablando de artículos y artículos ... ya solo me quedaba ir al contencioso administrativo, entonces, pagué.

    La conclusión es muy simple: "abuso de poder"

    Lo que me parece indignante es la Ley de Tráfico y seguridad vial que aprobaron los sin escrupulos que nos dirigen (por turno, y cada vez más hacia el precipicio)... supone un abuso y una indefensión aberrante para el ciudadano: la Ley permite que un ciudadano acepte una sanción sin que le muestren las pruebas!!... simplemente chantajeándole con el ahorro del 50% de la sanción... te para el picoleto de turno y te dice que ibas a 85 en un tramo de 70... y te informa que tienes una reducción del 50% pero, eso sí, si te acojes a ella no puedes pedir ni la foto, ni el certificado del Radar... increible que eso lo hayan "legalizado" y más increible que no haya una asociación que al menos lo haya denunciado para tratar de tumbarlo... el problema es que esa ley tiene truco, si tú te acojes a la reducción del 50%, entonces, significa que reconoces la falta.


    Un saludo

  5. #4
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    Tu aseguradora no te puede echar una mano?
    Suelen tener bastante maña para tocar los palillos adecuados en estos casos.

  6. #5
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    Muchas aseguradoras cubren los recursos de multas, etc. Pero quizas luego para la renovacion te suba el seguro.., por lo que entonces no es gratis. Los seguros sirven para que a uno no le multen y poco mas.
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  7. #6
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    Cita Iniciado por elsegura Ver Mensaje
    Muchas aseguradoras cubren los recursos de multas, etc. Pero quizas luego para la renovacion te suba el seguro.., por lo que entonces no es gratis. Los seguros sirven para que a uno no le multen y poco mas.
    Sí, pero las multas tampoco son gratis. Conducir entre 151 y 170 km/h en autovía son 300€ y 2 puntos. Igual compensa la posible subida del seguro si consigues que se desestime la sanción por defecto de forma.
    Preguntar no cuesta nada.

  8. #7
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    Hola... siento haber tardado en contestar... he estado buscando todo lo relacionado con esta multa y, al final, lo he encontrado.

    Multa de 2005 previa a la entrada en vigor del carnet por puntos: 140€ sin pérdida de puntos... Hasta que no entró en vigor el carnet por puntos esas velocidades eran bastante frecuentes en Autovia-Autopista, como lo son ir hoy en día a velocidades de marcador cercanas a los 130km/h

    Tengo que rectificar lo que dije, en el primer post... por falta de memoria; con lo cual, dejo claro que no estoy de acuerdo en que rectificar sea de sabios, sino más bien de desmemoriados, al menos en mi caso: yo realicé el primer recurso (petición de la Foto y del Certificado del Radar) pero, los otros dos recursos los hice a través del RACC (no recordaba eso, ni tampoco que había sido socio del RACC)

    ... recursos sólidos, hechos por gente especializada, con argumentos y aludiendo a Normas y artículos y alegando repetidamente lo de la Fecha... y ¡ni por esas!

    Ya aportaré info. pero el despotismo de estos "salteadores de carreteras" no tiene parangón!
    Última edición por J&M&F; 25/01/2023 a las 23:23

  9. #8
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    - Recurso de Alzada
    [último recurso antes de acudir a Contencioso-Administrativo... el Recurso previo se realizó en los mismos términos y la DGT contestó con tres folios llenos de artículos y de blablabería! y dictó resolución sancionadora... sin la más minima alusión a la irregularidad en la foto presentada como prueba: la fecha]




    Resolución final de la DGT (tras el recurso de Alzada):



    - El abuso de poder suele llevar al ciudadano a claudicar = no acude a Contencioso-Administrativo = paga la multa y calla!... porque le puede salir más caro el collar que tres perros!

    - Contencioso Administrativo [= Abogado + Procurador...y que haya suerte con el Juez de turno]... creo que ningún Seguro de automóviles cubre el Contencioso-Administrativo y tampoco el RACC en su día, y el RACE creo que tampoco, etc.]


    - Además, la Ley permite que sancionen al ciudadano sin mostrarle las pruebas, con el chantaje de la reducción del 50% de la sanción = admite su culpa, paga y calla!


    Como dijo el compañero @elsegura: "no les des la oportunidad de que se salgan con la suya"... pero el día a día me demuestra que en la gran mayoría de los casos se salen con la suya, pasando por encima del ciudadano su apisonadora despota-administrativa!

    Yo como ciudadano de a pie aprovecho la única oportunidad que se me brinda para que no se salgan con la suya; que es cuando cualquiera de ellos quiere mi voto, entonces, es cuando me salgo con la mia:

    Voto siempre a Bob Esponja



    Un saludo


    Última edición por J&M&F; 25/08/2023 a las 12:44 Razón: Insertar de nuevo las imágenes de Quote´s desde Servidor/ Cartel electoral de Bob Esponja más grande

  10. #9
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    Hola... pensaba que yo era el único al que le había pasado.

    Fue en 2005 cuando me pusieron la Multa, pedí la foto y el certificado del Radar... y me mandaron esa foto y, como se ve, la fecha que aparece es el 28 de Mayo de 2023.

    Recurrí alegando, efectivamente, defecto de forma... y como el que oye llover: me contestaban con varios folios hablando del articulo tal, artículo pascual de la Ley de Tráfico ... y creo recordar que se podía hacer un segunda alegación y, al final, se podía hacer un recurso (de reposición, he visto ahora cómo se llama)... siempre me contestaron con varios folios hablando de artículos y artículos ... ya solo me quedaba ir al contencioso administrativo, entonces, pagué.

    La conclusión es muy simple: "abuso de poder"

    Lo que me parece indignante es la Ley de Tráfico y seguridad vial que aprobaron los sin escrupulos que nos dirigen (por turno, y cada vez más hacia el precipicio)... supone un abuso y una indefensión aberrante para el ciudadano: la Ley permite que un ciudadano acepte una sanción sin que le muestren las pruebas!!... simplemente chantajeándole con el ahorro del 50% de la sanción... te para el picoleto de turno y te dice que ibas a 85 en un tramo de 70... y te informa que tienes una reducción del 50% pero, eso sí, si te acojes a ella no puedes pedir ni la foto, ni el certificado del Radar... increible que eso lo hayan "legalizado" y más increible que no haya una asociación que al menos lo haya denunciado para tratar de tumbarlo... el problema es que esa ley tiene truco, si tú te acojes a la reducción del 50%, entonces, significa que reconoces la falta.


    Un saludo
    Abuso de poder es una forma de verlo. La otra es que el marcador de tu coche marcaba 160Km/h (siempre marca por encima de los reales, que en este caso fueron 153 Km/h), te pillaron con un radar que estaba perfectamente calibrado y pretendes librarte de una multa que claramente y sin ningún tipo de excusa te mereces sólo porque la hora en el aparato no era correcta.

    No hay ninguna indefensión puesto que nadie te impide solicitar las pruebas y recurrir tanto como te permita la ley. Si sabes, como es tu caso y el de la inmensa mayoría de la gente, que la sanción es perfectamente correcta, te permiten reducirla a la mitad por pronto pago. En Alemania, por ejemplo, no hay reducción posible. Si te pillan, pagas el importe completo y punto.

    Ya va siendo hora de dejar de hablar como si todos fuéramos inocentes y nos estuvieran robando. A mi casa no han venido a pedirme dinero por circular correctamente. Las dos multas que me han puesto en España son por un exceso de velocidad que he cometido. Me jode pagar la multa como a todo el mundo, pero dejémonos de tonterías: no se puede circular a 150 Km/h en España y punto.
    VW CC 2.0 TDI CR 140 CV (2014).

  11. #10
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    Cita Iniciado por Macmel Ver Mensaje
    Abuso de poder es una forma de verlo. La otra es que el marcador de tu coche marcaba 160Km/h (siempre marca por encima de los reales, que en este caso fueron 153 Km/h), te pillaron con un radar que estaba perfectamente calibrado y pretendes librarte de una multa que claramente y sin ningún tipo de excusa te mereces sólo porque la hora en el aparato no era correcta.

    No hay ninguna indefensión puesto que nadie te impide solicitar las pruebas y recurrir tanto como te permita la ley. Si sabes, como es tu caso y el de la inmensa mayoría de la gente, que la sanción es perfectamente correcta, te permiten reducirla a la mitad por pronto pago. En Alemania, por ejemplo, no hay reducción posible. Si te pillan, pagas el importe completo y punto.

    Ya va siendo hora de dejar de hablar como si todos fuéramos inocentes y nos estuvieran robando. A mi casa no han venido a pedirme dinero por circular correctamente. Las dos multas que me han puesto en España son por un exceso de velocidad que he cometido. Me jode pagar la multa como a todo el mundo, pero dejémonos de tonterías: no se puede circular a 150 Km/h en España y punto.

    Pues a la casa del compañero @Petrolo sí han ido!

    Cita Iniciado por petrolo Ver Mensaje
    Me acaba de llegar una sanción del Servei Català de Transit (La DGT Catalana) donde dicen que un radar fijo me ha captado a 110,5 en una zona limitada a 80km/h, osease 2 puntos y 95€ si pago rapidito, si recurro o no pago antes de 15 dias son 135€.

    Hasta aquí un post normal y hasta diría habitual en un foro de coches, a no ser que ese radar esté junto a mi trabajo y que uno pase por allí todos los santos días.

    Curiosamente recuerdo el día de la foto pues yo circulaba por el carril central y me paso por la izquierda una furgo de Nacex cagando leches, recuerdo perfectamente como saltó el flash, y yo iba clavadito a 80 de aguja.

    Otro punto anecdótico es la foto que me han mandado donde se ve claramente que han encuadrado mi coche mediante zoom y además han recortado la foto por el paraca trasero para que no se vea el otro vehículo, ante la duda estos hijos de ramera lo que hacen es encuadrar los dos vehículos y recortar las fotos para que sólo aparezca 1 vehículo, osea que ante la duda se pasan por el forro la presunción de inocencia y que paguen los dos.



    Si quieres le echas un vistazo a este Hilo:


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    ... y, si eso, le dices al compañero @petrolo que se la envaine, como yo, pero en su caso no por haber cometido una infracción por exceso de velocidad, sino por haber estado en el lugar equivocado, en el momento equivocado...

    ¡¡ y yo llorando por mi multa de regreso al futuro!!... tiene cojines!... lo que son capaces de hacer "por nuestra seguridad"

    ************************************************** ************************************************** ********************************************

    Macmel, yo soy de los que pienso que está bien leer otras opiniones y otros puntos de vista, porque siempre se aprende y te hace pensar y refexionar, aunque la experiencia de lo vivido me haga aferrarme a mis opiniones, que pueden estar equivocadas, por supuesto.

    No voy a tratar de convencerte, simplemente lo voy a explicar a la inversa para verlo desde otra perspectiva: ciudadano de a pie que presenta a una administración del Estado documentación "no válida por su fecha"

    ... por ejemplo: hago una solicitud hoy día 09/02/2022 a una administración del Estado o Autonómica o Ayuntamiento, etc. y aporto una documentación super-importante, con la fecha de 2041 !!... a que ya intuyes lo que me van a decir: que ese documento me lo meta donde me quepa!... aunque esté firmado por un Sr. Notario, o por un Banco o por mi abuelita!!... y tienen razón!... aunque yo me empeñe en decir que lo importante es lo que indica el documento.

    ... pero resulta que la Administarción no necesita ir a Contencioso-administrativo para demostrarme que no es válido, simplemente no aceptan el documento y punto!... pues eso yo NO lo considero abuso de poder, porque simplemente mi documento no cumple el requerimiento administrativo, o legal, pertinente = caso cerrado

    Pero cuando es a la inversa = cuando la Administración te presenta documentos con fechas absurdas, horas absurdas, fotos retocadas, etc = ¡¡si son válidos!!... y si no estás conforme, vete al Juzgado a presentar la denuncia!! = eso yo lo considero ¡Abuso de poder !


    Respecto a la multa:

    ... te has equivocado, no era error en la hora... te voy a recordar de qué va la multa: el picoleto inepto de turno al poner la Fecha en la Cámara del Radar puso una fecha ¡¡18 años posterior a la fecha real !! ... se equivocó en el día, se equivocó en el mes... y en el año!! ... nada coincide!...

    No se puede demostrar de esa forma que yo ese día cometí una infracción por exceso de velocidad...ya no solo por el error en la fecha, sino porque viendo esa foto, por qué no poner en duda que el Cinemómetro estaba bien , por mucha revisión que haya pasado
    (igual lo de "la fecha disparatada" es porque se ha averiado la cámara Radar y no es posible cambiarla, etc.)... deben cumplir un protocolo de conservación... los aparatos se estropean!

    - Si el error estuviera solo en la hora, entonces, la foto tampoco sería válida ya que no demuestra que fue a esa hora cuando me pusieron la multa

    - Si el error está en la ubicación de la carretera, que también pasa, pues lo mismo: el picoleto inepto de Turno se le olvida cambiar en la camara-Radar la ubicación y te mandan una foto con una multa donde pone una carretera por la que tu no has pasado ese día... o en la puñetera vida!!

    - Y, además, está lo de la manipulación de las fotos para que se vean las matrículas claras como el Sol, mientras que el vehículo casi no se reconoce o, incluso, para hacer desaparecer un segundo vehículo que aparece en la foto

    Y cuando ves eso y recurres, entonces, ellos se pasan por el forro todos tus recursos!!... para que claudiques, porque saben que casi nadie acude a Contencioso-administrativo =>> eso para mi es ¡abuso de poder!

    Y el colmo es, que no están obligados a mostrarte las pruebas de una infracción por exceso de velocidad, a no ser que recurras, perdiendo entonces el descuentazo-chantajista institucionalizado del 50% = chantaje instaurado por el Estado

    Que en Alemania o en China no tengan el descuentazo del 50%... me importa más bien poco

    ...aquí en España lo del 50% se utiliza de chantaje estatal-institucionalizado = si te acoges al 50% estás reconociendo tu culpabilidad, con lo cual no puedes recurrir = caso cerrado! = renuncias al derecho que te otorga la Ley, de que tienen que demostrarte con pruebas (normalizadas) la infracción que has cometido por exceso de velocidad = me tratan como a un pelele!

    Como ves, sigo convencido para seguir votando, como siempre, a Bob Esponja !

    PD: Se me olvidaba:

    - efectivamente, nadie me niega mi derecho a recurrir y a pedir las pruebas que correspondan, pero con el chantaje del 50% se ahorran cientos de miles de recursos al año!!

    - Si las multas en España no tuviesen ese descuentazo del 50%, como en Alemania (según tú dices) entonces, por rutina en España todo el mundo pediría la Foto y recurriría y recurriria, y eso saturaría la oficina recuadadora de los que velan por nuestra seguridad!!

    No saben nada!... estos "salteadores de carreteras"





    Última edición por J&M&F; 10/02/2023 a las 07:27 Razón: Comentario de la multa del compañero

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