Cita Iniciado por navio Ver Mensaje
Siento el retraso, pero he estado muy liado. Te comento, la Ley de Seguridad Vial 339/1990 dice en su articulo 92 lo siguiente:

Artículo 92. Prescripción y caducidad.

1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.
El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido......

Por tanto tu sancion esta prescrita al ser dicha infraccion de caracter leve. Debes de interactuar con el ayuntamiento de Granada a traves de carta certificada, burofax y otro medio de analoga similitud que quede constancia por escrito de la recepcion del recurso. Un saludo.-
Perdón cité el mensaje que no correspondía a mía asunto.


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